III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Organización Nacional de Ciegos Españoles. Juegos. (BOE-A-2022-21568)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la realización de dos sorteos extraordinarios de la modalidad de lotería denominada "Cupón de la ONCE" el 19 de marzo de 2023 y el 7 de mayo de 2023, "Sorteo Extra del Día del Padre de la ONCE" y "Sorteo Extra del Día de la Madre de la ONCE".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Lunes 19 de diciembre de 2022

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dos sorteos extraordinarios de la modalidad de lotería denominada «Cupón de la ONCE»
a celebrar el día 19 de marzo de 2023 y el día 7 de mayo de 2023, «Sorteo Extra del Día
del Padre de la ONCE» y «Sorteo Extra del Día de la Madre de la ONCE»,
respectivamente, se ajusta a la normativa citada.
En consecuencia, procede dar publicidad a los referidos sorteos extraordinarios de la
modalidad de lotería denominada «Cupón de la ONCE», que se regirán por las normas
que figuran en los Anexos números 1 y 2 que acompañan a esta Resolución.
Madrid, 2 de diciembre de 2022.–El Secretario de Estado de Derechos Sociales,
Ignacio Álvarez Peralta.
ANEXO 1
Normas del sorteo extraordinario de la modalidad de lotería denominada «Cupón
de la ONCE» de 19 de marzo de 2023, «Sorteo Extra del Día del Padre de la ONCE»
1.º Vigencia. Estas normas tienen vigencia desde el 6 de febrero de 2023, fecha de
inicio de la comercialización del producto. El «Sorteo Extra del Día del Padre de la
ONCE» tiene carácter extraordinario y se celebrará el 19 de marzo de 2023.
2.º Precio: El precio unitario del cupón es de cinco euros (5 €).
3.º Estructura de Premios.
3.1
Categoría
de premios

La estructura de premios de este sorteo será la siguiente:

Descripción

Cupones
premiados
por serie

Premio unitario
por cupón
(en euros)

Observaciones

1.ª

Premio a las cinco cifras
y serie.

N/A

17.000.000

Premio al cupón cuyas cinco cifras y serie coincidan con las del
número y serie premiados y estén dispuestas en el mismo orden.

2.ª

Premio a las cinco cifras.

1

40.000

Premio a los cupones cuyas cinco cifras coincidan con las del
número premiado, y estén dispuestas en el mismo orden, excepto
el cupón premiado en la primera categoría.

3.ª

Premio a las cuatro
últimas cifras.

9

1.500

Premio a los cupones cuyas cuatro últimas cifras (unidades de
millar, centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas
cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.

4.ª

Premio a las tres últimas
cifras.

90

100

5.ª

Premio a las dos últimas
cifras.

900

10

Premio a los cupones cuyas dos últimas cifras (decenas y
unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y
estén dispuestas en el mismo orden.

6.ª

Premio a la última cifra
(reintegro).

9.000

5

Premio a los cupones cuya última cifra (unidades) coincida con la
misma cifra del número premiado.

Premio a los cupones cuyas tres últimas cifras (centenas, decenas
y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y
estén dispuestas en el mismo orden.

3.2 Ningún premio es acumulable, abonándose, en el caso de un cupón agraciado
con más de una categoría de premios no acumulables, el premio correspondiente a la
categoría con mayor importe.
3.3 Una parte del importe del premio a las cinco cifras y serie (1.ª Categoría), hasta
un máximo de diez millones de euros (10.000.000 €), podrá provenir de los premios no
vendidos de sorteos anteriores de productos de lotería en los que esté prevista esta
posibilidad, realizándose la asignación definitiva antes de la realización del sorteo
mediante resolución del Director General, en cuyo caso, antes de la celebración del
sorteo extraordinario, se publicará en la página web oficial de juego de la ONCE,

cve: BOE-A-2022-21568
Verificable en https://www.boe.es

N/A: No aplicable.