III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-21546)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte, el Ministerio de Hacienda y Función Pública y la Fundación Barcelona Music Lab, para la creación de la Comisión Interadministrativa del acontecimiento de excepcional interés público "Barcelona Music Lab. El futuro de la música".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Lunes 19 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 175568

Común de las Administraciones Públicas. A estos efectos, las solicitudes de los sujetos
obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones
Públicas de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se
presentarán
a
través
de
la
dirección
de
correo
electrónico
SedeElectronica@BarcelonaMusicLab.cat.
3. El plazo para la presentación de las solicitudes concluirá 15 días hábiles después
de la finalización del acontecimiento de excepcional interés público «Barcelona Music
Lab. El futuro de la música». Los donantes podrán solicitar certificaciones anuales
correspondientes a la donación efectuada y gastos de publicidad realizados.
4. La solicitud de certificación será examinada por la Comisión Interadministrativa,
que, en su caso, acordará su emisión, siendo necesario para su estimación el voto
favorable del representante del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
5. El plazo máximo en que deben notificarse las certificaciones por parte de la
Comisión Interadministrativa será de dos meses desde la fecha en que la
correspondiente solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para
resolver.
El cómputo de dicho plazo se suspenderá cuando se requiera al interesado que
complete la documentación presentada, por el tiempo que medie entre la notificación del
requerimiento y la presentación de la documentación requerida o, en su defecto, por el
transcurso del plazo concedido para la subsanación.
6. Transcurrido el plazo de notificación de las certificaciones sin que el interesado
haya recibido requerimiento o notificación administrativa acerca de su solicitud, se
entenderá cumplido el requisito de la certificación, pudiendo el interesado solicitar de la
Administración Tributaria el reconocimiento previo del beneficio fiscal aportando una
copia sellada de la solicitud.
7. Las resoluciones emitidas por la Comisión Interadministrativa ponen fin a la vía
administrativa y contra las mismas podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición, de acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Duodécima.

Logos.

En las actuaciones realizadas en las que se lleve a cabo publicidad del
acontecimiento de excepcional interés público «Barcelona Music Lab. El futuro de la
música» figurarán los logotipos de todas las entidades participantes en la Comisión
Interadministrativa, en igualdad de condiciones.
Vigencia.

De conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 octubre, el
convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y resultará
eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa
en el boletín oficial de la comunidad autónoma que corresponda a las otras
administraciones firmantes.
El Convenio quedará extinguido y la Comisión Interadministrativa suprimida, en
cualquier caso, el 31 de diciembre de 2025.
A tal efecto, la Fundación Barcelona Music Lab, una vez finalizadas las actuaciones
del programa «Barcelona Music Lab. El futuro de la música», presentará un informe
económico para su toma en consideración por la Comisión Interadministrativa, que
contendrá una relación completa de los ingresos percibidos, de los gastos ejecutados y
de las actuaciones realizadas. Considerada por la Comisión Interadministrativa la
documentación indicada anteriormente y una vez finalizadas las actuaciones del
Programa, la Comisión aprobará por unanimidad, antes del 31 de julio de 2024, la

cve: BOE-A-2022-21546
Verificable en https://www.boe.es

Decimotercera.