III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-21548)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el Instituto de Turismo de la Región de Murcia, el Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz, la Fundación Camino de la Cruz de Caravaca, y la Real e Ilustre Cofradía de la Santísima y Vera Cruz de Caravaca, para la creación de la Comisión Interadministrativa del acontecimiento de excepcional interés público "Caravaca de la Cruz 2024. Año Jubilar".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Lunes 19 de diciembre de 2022

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Una vez acordadas las operaciones de liquidación, la Comisión Interadministrativa
propondrá su supresión, que será aprobada por unanimidad por todas las entidades que la
integran, siempre que se haya cumplido con todas las obligaciones que le imponen
la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, y el Reglamento aprobado por el Real
Decreto 1270/2003, de 10 de octubre.
Decimocuarta. Régimen de modificación del convenio.
Los términos del presente convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre
las partes suscriptoras. La modificación se incorporará como parte inseparable del texto
del convenio.
Decimoquinta.

Transparencia y acceso a la información pública.

El presente convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el
correspondiente portal de transparencia, en aplicación de lo dispuesto en el
artículo 8.1 b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno, y demás normativa de desarrollo de la misma.
Decimosexta.

Protección de datos.

Cualquier tratamiento sobre los datos personales al que las partes puedan proceder
en el desarrollo del programa de actividades se someterá a la normativa de protección
de datos personales, en particular el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en
lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Decimoséptima.

Jurisdicción competente.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan
surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse
del convenio se resolverán entre las partes. En defecto de acuerdo al respecto, será el
orden jurisdiccional contencioso-administrativo el competente para conocer de las
cuestiones litigiosas que se presenten.

cve: BOE-A-2022-21548
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, las partes suscriben el presente convenio en el lugar y
fecha indicados en el encabezamiento.–El Ministro de Cultura y Deporte, Miquel Octavi
Iceta i Llorens.–La Subsecretaria de Hacienda y Función Pública, María del Pilar
Paneque Sosa.–El Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,
Fernando López Miras.–El Presidente del Instituto de Turismo de la Región de Murcia y
en nombre y representación de la Fundación Camino de la Cruz de Caravaca, Marcos
Ortuño Soto.–El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz,
José Francisco García Fernández.–El Hermano Mayor de la Real e Ilustre Cofradía de
la Santísima y Vera Cruz de Carava, Luis Melgarejo Armada.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X