III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-21558)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con el Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la organización del evento "Intercambio Cultural Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-INAEM/Ministerio de Cultura y Deporte de España" en diversos espacios del Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Lunes 19 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 175669

Y don Enrique Luis Avogadro, en calidad de Ministro de Cultura del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en representación del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires (en adelante, el Gobierno CABA), con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT)
34-99903208-9 y domicilio en Avda. de Mayo 575, 2.º piso, C1059, de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires; conforme Decreto de designación número 5/18 («Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires» número 5287 de 4 de enero de 2018), las competencias
contenidas en los artículos 8 y 22 de la Ley número 6292 del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires («Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires» número 5757 de 9 de diciembre de 2019), y el Decreto número 112/17 del Poder
Ejecutivo («Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires» número 5098 de 30 de
marzo de 2017).
Las partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente
convenio y, en su virtud,
EXPONEN
Primero.
Que el INAEM es un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Cultura y
Deporte del Gobierno de España, encargado de la consecución de los siguientes fines: la
promoción, protección y difusión de las artes escénicas y de la música en cualquiera de
sus manifestaciones; la proyección exterior de las actividades a que se refiere el
apartado anterior; la comunicación cultural entre las comunidades autónomas en las
materias propias del organismo, de acuerdo con ellas.

I. Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su artículo 32.º,
establece que La Ciudad garantiza la democracia cultural; asegura la libre expresión
artística y prohíbe toda censura; facilita el acceso a los bienes culturales; fomenta el
desarrollo de las industrias culturales del país; propicia el intercambio; ejerce la defensa
activa del idioma nacional; crea y preserva espacios; propicia la superación de las
barreras comunicacionales; impulsa la formación artística y artesanal; promueve la
capacitación profesional de los agentes culturales; procura la calidad y jerarquía de las
producciones artísticas e incentiva la actividad de los artistas nacionales; protege y
difunde las manifestaciones de la cultura popular; contempla la participación de los
creadores y trabajadores y sus entidades, en el diseño y la evaluación de las políticas;
protege y difunde su identidad pluralista y multiétnica y sus tradiciones;
II. Que el Decreto número 112/17 faculta a los Ministros del Poder Ejecutivo a
suscribir «convenios de colaboración técnica, científica o académica con entes públicos
nacionales, provinciales, municipales e internacionales cuyo objeto tenga por fin el
cumplimiento de cometidos estatales específicos en el ámbito de sus respectivas
competencias»;
III. Que la Ley de Ministerios número 6.292 (texto consolidado según Ley número 6.347),
en su artículo 22, establece que corresponde al Ministro de Cultura «diseñar e
implementar las políticas, planes y programas tendientes a preservar y acrecentar el
acervo cultural; orientar las manifestaciones artístico-culturales promoviendo y realizando
actividades de formación especializada en estas áreas; promover las actividades
culturales de interés comunitario», entre otras.
Tercero.
Que, ante el grave impacto de la crisis sanitaria en la actividad económica y social
europea, los organismos comunitarios europeos han aprobado un Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (en adelante PRTR), estructurado en torno a inversiones y

cve: BOE-A-2022-21558
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.