III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2022-21446)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Pastoral Penitenciaria del Centro Penitenciario de Teixeiro, para el desarrollo del "Programa de Atención Óptica y Odontológica" de intervención con internos en centros penitenciarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302
Sábado 17 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 175068
Décima. Régimen de modificación del convenio.
El convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime de la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias y la Pastoral Penitenciaria del Centro Penitenciario de
Teixeiro.
Undécima.
Causas de extinción.
Son causas de extinción del presente convenio las establecidas en el artículo 51 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Asimismo, el convenio podrá ser denunciado por
cualquiera de las partes, denuncia que deberá expresarse y comunicarse por escrito con
una antelación de dos meses a la fecha en que se hará efectiva la resolución del
convenio.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos en el presente
convenio no generará indemnización entre las partes, al tratarse de un acuerdo que no
genera obligación económica alguna.
En el supuesto de extinción anticipada del convenio, la Comisión de Seguimiento
resolverá acerca de la forma de finalización de las actuaciones en curso, en un plazo que
no podrá ser superior a los dos meses de duración.
cve: BOE-A-2022-21446
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicados.–El
Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz González.–La
Delegada diocesana de Pastoral Penitenciaria de Santiago, Yolanda Sánchez Sánchez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 302
Sábado 17 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 175068
Décima. Régimen de modificación del convenio.
El convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime de la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias y la Pastoral Penitenciaria del Centro Penitenciario de
Teixeiro.
Undécima.
Causas de extinción.
Son causas de extinción del presente convenio las establecidas en el artículo 51 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Asimismo, el convenio podrá ser denunciado por
cualquiera de las partes, denuncia que deberá expresarse y comunicarse por escrito con
una antelación de dos meses a la fecha en que se hará efectiva la resolución del
convenio.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos en el presente
convenio no generará indemnización entre las partes, al tratarse de un acuerdo que no
genera obligación económica alguna.
En el supuesto de extinción anticipada del convenio, la Comisión de Seguimiento
resolverá acerca de la forma de finalización de las actuaciones en curso, en un plazo que
no podrá ser superior a los dos meses de duración.
cve: BOE-A-2022-21446
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicados.–El
Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz González.–La
Delegada diocesana de Pastoral Penitenciaria de Santiago, Yolanda Sánchez Sánchez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X