II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, Especialidad Sanidad y Consumo. (BOE-A-2022-21413)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, Especialidad Sanidad y Consumo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 17 de diciembre de 2022

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La calificación, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad presencial,
conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y de acuerdo con el
anexo IV, se establecerá siguiendo el siguiente baremo:
– Una puntuación de 5 puntos a un nivel B2, demostrado mediante algunos de los
títulos recogidos en el anexo IV.
– Una puntuación de 7,5 puntos a un nivel C1, demostrado mediante algunos de los
títulos recogidos en el anexo IV.
– Una puntuación de 10 puntos a un nivel C2, demostrado mediante algunos de los
títulos recogidos en el anexo IV.
– Los niveles inferiores a B2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos
en el anexo IV no supondrán la superación de la prueba.
El tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas
de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la
titulación en cualquier momento del proceso selectivo. La persona aspirante deberá
presentar dicha documentación en el momento indicado. A tal efecto, preferiblemente, se
aprovechará para este requerimiento la convocatoria de ejercicios de la fase de
oposición. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada
se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido,
se perderá el acceso al siguiente ejercicio o al curso selectivo.
Previamente a la celebración del ejercicio el tribunal habrá de estudiar la
documentación presentada por las personas aspirantes con el fin de corroborar la
idoneidad de los certificados presentados a efectos de la superación del ejercicio. De
esta manera, el tribunal podrá convocar, para que se presenten por la modalidad
presencial, a aquellas personas aspirantes que no reúnan los requisitos para la
modalidad de acreditación del conocimiento de inglés mediante titulación.
Tercer ejercicio. Consistirá en el desarrollo por escrito, en un tiempo máximo de tres
horas, de un tema elegido por la persona aspirante de entre dos extraídos al azar de la
segunda parte del programa, y dos temas de entre cuatro elegidos al azar de la tercera
parte del programa de cada Área. Cada opositor procederá a la lectura pública de su
ejercicio, finalizada la cual, el tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido del
mismo durante un tiempo máximo de quince minutos.
Se valorarán los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de
expresión escrita, así como la forma de presentación y exposición.
Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 10 puntos para superarlo.
Cuarto ejercicio. Resolución por escrito, durante un tiempo máximo de dos horas,
de un supuesto práctico propuesto por el tribunal sobre las materias contenidas en la
tercera parte del programa de cada área. Cada opositor procederá a la lectura pública de
su ejercicio, finalizada la cual, el tribunal podrá formular preguntas sobre los extremos
relacionados con su ejercicio durante un tiempo máximo de quince minutos. En esta
prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la
elaboración de una propuesta razonada.
Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 10 puntos para superarlo.
El tribunal podrá contar con asesores especialistas para la valoración de todos o
alguno de los ejercicios de la oposición.
En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho los opositores que
no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con
anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el tribunal,
que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria
extraordinaria.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, se estará a lo establecido
en las ofertas de empleo público por las que se rigen estas bases.

cve: BOE-A-2022-21413
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Núm. 302