III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-21449)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Balbona de 209,979 MWp/159,5 MWn y su infraestructura de evacuación, en Jumilla (Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 17 de diciembre de 2022

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procedente de otra SE, comenzará en el apoyo 20 hasta la nueva subestación colectora
La Alquería, con una longitud de 1,9 km.
– Subestación colectora elevadora La Alquería 132/400 kV, de propiedad compartida
con otros promotores fotovoltaicos.
– Línea área de alta tensión a 400 kV de 217,3 m de longitud desde la SET Alquería
hasta la SET Peñarrubia 400 kV, propiedad de REE en circuito simple. Dicha línea será
de propiedad compartida con otros promotores fotovoltaicos.
2.

Tramitación del procedimiento

A los efectos de lo previsto en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, y en el
artículo 36 de la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental, el órgano sustantivo realizó los
siguientes anuncios para la información pública del proyecto:
– «Boletín Oficial del Estado» (BOE) número 50, de 27 de febrero de 2021.
– «Boletín Oficial de la Región de Murcia» (BORM) número 47, de 26 de febrero
de 2021.
– Tablón de Edictos del ayuntamiento de Jumilla (Murcia). Publicado el 4 de marzo
de 2021.
Por otra parte, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 127 del Real
Decreto 1955/2000 y en el artículo 37.1 de la Ley 21/2013, el órgano sustantivo dio
traslado de la información correspondiente a las administraciones, organismos o empresas
de servicio público o de servicios de interés general, por resultar afectadas por el proyecto
en cuanto a bienes y derechos a su cargo, o por su competencia o interés a efectos del
proceso de evaluación ambiental. El resultado de la tramitación de la información pública y
las consultas se encuentra resumido en el anexo I de la presente resolución.
Con fecha 2 de agosto de 2021, tuvo entrada en la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental del MITECO el expediente para el inicio del trámite de evaluación
de impacto ambiental ordinaria. Con fechas 18 y 26 de octubre de 2021, se recibió
documentación adicional al proyecto por parte del promotor como respuesta a varios
organismos. Tras el análisis de dicha información, con fecha 20 de diciembre de 2021, se
realizó consulta al Servicio de Biodiversidad, Caza y Pesca Fluvial de la Dirección
General de Medio Natural y al Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección
General de Territorio y Arquitectura, de la Comunidad Autónoma Región de Murcia
(CARM), por considerar este órgano ambiental necesaria la valoración de esos órganos
en su ámbito de competencias, de la documentación aportada por el promotor, en virtud
del artículo 79 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Con fecha 16 de marzo de 2022, se recibió el informe del Servicio de Ordenación del
Territorio de la CARM.
Con fecha 28 de junio de 2022, se recibió un nuevo aporte documental por parte del
promotor consistente en una adenda que plantea la reducción de la planta en unas 403
ha al eliminar los recintos situados al norte y excluir las zonas forestales, junto con una
nueva propuesta de actuaciones para la conservación y mejora de la biodiversidad y la
avifauna. La reducción de la superficie lleva asociada una reducción en la potencia de la
planta. Por ello, con fecha 12 de julio de 2022, se instó de nuevo al Servicio de
Biodiversidad, Caza y Pesca Fluvial de la CARM a valorar la documentación aportada en
virtud del artículo 79 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. El informe de dicho organismo
se recibió con fecha 17 de agosto de 2022.
Las adendas al proyecto, los documentos aportados por el promotor, así como los
diversos informes extemporáneos se han incorporado al expediente.

cve: BOE-A-2022-21449
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Núm. 302