V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. (BOE-B-2022-39505)
Extracto de la Resolución de 15 de diciembre de 2022 de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. por la que se convoca la concesión de subvenciones del "Proyecto ICEX Vives" de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Sábado 17 de diciembre de 2022

Sec. V-B. Pág. 60941

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

39505

Extracto de la Resolución de 15 de diciembre de 2022 de ICEX España
Exportación e Inversiones, E.P.E. por la que se convoca la concesión
de subve ncione s de l "Proye cto ICEX Vive s" de ICEX España
Exportación e Inve rsione s, E.P.E., e n e l marco de l Plan de
Re cupe ración, Transformación y Re silie ncia.

BDNS(Identif.):664229
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
664229)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas con
nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea con
residencia en España, a fin de realizar prácticas no laborales en filiales o
establecimientos en el extranjero facilitadas por las empresas españolas en el seno
del Proyecto ICEX Vives en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, y que reúnan los siguientes requisitos:
a. Estar en posesión de la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de
la Unión Europea y ser residentes en España.
b. Edad: 18-30 años en el momento de la solicitud de la ayuda.
c. Estar en posesión de una titulación universitaria de grado y/o de máster, o
de formación profesional media o superior.
d. No incurrir en los supuestos de prohibición del artículo 13.2 de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
e. No haber disfrutado de otras ayudas para la misma finalidad de otros
programas de becas de cualquier Administración o ente público o privado,
nacional, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales.

g. No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración,
ni con ICEX, y en particular, no tener pendientes obligaciones de reembolso de
cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a
los créditos específicamente consignados para la gestión de estos fondos en los
Presupuestos Generales del Estado.
h. Aceptar la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas
para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y

cve: BOE-B-2022-39505
Verificable en https://www.boe.es

f. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
incompatible con la realización de las actividades que constituyen el objeto de la
subvención en el país de destino.