III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-21383)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por la que se publica el Convenio con la Biblioteca Nacional de España, O.A., y la Fundacion Cultural 1.º de Mayo, para la realización de la exposición y actividades relacionadas con el Proceso 1001.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Viernes 16 de diciembre de 2022
2.

Sec. III. Pág. 174691

Objeto y contenido.

La solicitud de préstamo de obras debe acompañarse de un informe en el que se
detalle el objeto y contenido de la exposición, especificando, en todo caso, los siguientes
puntos:
1. Motivo de la muestra y oportunidad de inclusión de las obras solicitadas en la
misma, debiendo tenerse en cuenta que sólo se accederá al préstamo de obras cuando
se trate de piezas insustituibles y directamente relacionadas con el tema de la
exposición.
Relación completa de las obras solicitadas, en la que deberá figurar:
– Signatura topográfica.
– Autor.
– Título.
– Lugar, editorial o imprenta, año de edición o impresión y, en el caso de
manuscritos, lugar y fecha de producción.
– N.º de volumen y, en el caso de publicaciones periódicas, fecha concreta, año,
mes, día y/o número de la publicación.
– Medidas.
– Página por la que se desea exponer la obra.
– En el caso de dibujos, grabados y mapas se añadirá la técnica utilizada.
No se autorizarán aquellas solicitudes en las que las obras no aparezcan plenamente
identificadas.
2. Fechas de celebración de la muestra. Cualquier cambio de fechas deberá ser
comunicado con la debida antelación a la Biblioteca Nacional de España quien deberá
autorizar expresamente los citados cambios.
La cesión de las obras estará condicionada a la aprobación previa por parte de la
Biblioteca Nacional de España del proyecto expositivo y de las vitrinas. La Biblioteca
Nacional de España podrá solicitar para determinadas obras, por su valor o por su
estado, condiciones especiales de conservación referentes a las características de la
vitrina (individual, climatizada, etc.).
3.

Duración de las exposiciones.

Los libros podrán estar abiertos por la misma página durante 90 días como máximo.
Transcurrido ese periodo de tiempo se procederá al cambio de página, manipulación que
deberá realizar siempre un correo de la Biblioteca Nacional de España. El periodo de
préstamo de una misma obra no superará los 6 meses de exposición efectiva al año.
Restauración.

La Biblioteca Nacional de España se reserva el derecho a decidir si las obras serán
restauradas o no teniendo en cuenta su estado de conservación y otros aspectos
científicos y técnicos.
En el caso de los libros, documentos, dibujos y obra gráfica, como norma general la
Biblioteca Nacional de España se encargará de la restauración, pero cuando si la BNE lo
estima conveniente por razones de índole técnica la entidad organizadora asumirá los
gastos de la intervención.
En el caso de cuadros, estatuas, mobiliario y objetos en general, todos los costes
asociados a la restauración deberán ser asumidos por el organizador, incluyendo los
gastos correspondientes al transporte y seguro de las obras para su restauración fuera
de la BNE.
Cuando la restauración se realice por contratación externa, la BNE solicitará, siempre
que sea posible, un mínimo de tres ofertas, reservándose el derecho de seleccionar
la que estime más conveniente desde el punto de vista técnico.

cve: BOE-A-2022-21383
Verificable en https://www.boe.es

4.