III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2022-21390)
Resolución de 26 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enel Green Power España, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación solar fotovoltaica FV La Revuelta de 125,984 MWp y 107,748 MW de potencia instalada, líneas subterráneas a 33 kV, la subestación eléctrica La Revuelta 33/132 kV y la línea eléctrica subterránea a 132 kV para la evacuación de energía eléctrica, en el término municipal de Manzanares, en la provincia de Ciudad Real, y se declara, en concreto, su utilidad pública.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 174833

Manzanares 400 kV: subestación colectora SE Manzanares 400/132/30 kV y la línea
aérea a 400 kV SE Manzanares-SE Manzanares (REE).
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de
un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 26 de noviembre de 2022.–El Director General de Política Energética y
Minas, Manuel García Hernández.
ANEXO
La autorización administrativa de construcción se concede, de acuerdo con lo
dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con las condiciones
especiales siguientes:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y con las
disposiciones reglamentarias que le sean de aplicación, con las variaciones que, en su
caso, se soliciten y autoricen.
2. De conformidad con el artículo 131.10 del Real Decreto 1955/2000, por el que se
regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica el plazo para la
emisión de la Autorización de Explotación (AE) será de veinticuatro meses, contados a
partir de la fecha de notificación al peticionario de la presente resolución y en todo caso,
se deberá cumplir con el calendario de plazos establecidos para la obtención de la AE en
el artículo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban
medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
3. El titular de la citada instalación deberá dar cuenta de la terminación de las obras
al Órgano competente provincial, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la
Autorización de Explotación.
4. La citada Declaración de Impacto Ambiental de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental establece una serie de condicionantes específicos que se deberán
cumplir antes del inicio de las obras:
– Con respecto a la vegetación [apartado (ii).4]:
• Se realizará una prospección del terreno con objeto de identificar la posible
presencia de especies de flora amenazada y/o vegetación de interés, y en caso de
encontrarse, se comunicarán los hallazgos a los agentes medioambientales de la
Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible en Ciudad Real.
• Se señalizarán y jalonarán los rodales con vegetación natural de interés y
ejemplares arbóreos que deban ser respetados durante toda la fase de construcción.
Asimismo, se respetarán los pies de encina existentes en las parcelas 1 y 8 del
polígono 119 del T.M. de Manzanares, los cuales se protegerán y balizarán
adecuadamente para evitar dañarlos.
– En lo relativo a la fauna [apartado (ii).5]:
• Deberá llevarse a cabo una prospección sobre el terreno en profundidad de todos
los majanos de piedra natural o superficies de improductivo existentes en las parcelas de
implantación del proyecto, con la finalidad de localizar puntos de nidificación de
mochuelo europeo (Athene noctua) u otras rapaces nocturnas, comunicando a la

cve: BOE-A-2022-21390
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 301