III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2022-21390)
Resolución de 26 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enel Green Power España, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación solar fotovoltaica FV La Revuelta de 125,984 MWp y 107,748 MW de potencia instalada, líneas subterráneas a 33 kV, la subestación eléctrica La Revuelta 33/132 kV y la línea eléctrica subterránea a 132 kV para la evacuación de energía eléctrica, en el término municipal de Manzanares, en la provincia de Ciudad Real, y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 174826

dentro de la zona de seguridad de la línea eléctrica, y solicita se modifique el trazado de
la línea a 132 kV. Se ha dado traslado a Enel Green Power de dichas contestaciones, el
cual expresa que, si se ha tenido en cuenta en el diseño de la línea a 132 kV, respetando
las distancias de seguridad y que tienen la intención de llegar a un acuerdo con todos los
propietarios afectados por la línea de evacuación que sea mutuamente satisfactorio para
ambas partes.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Manzanares, en la que no se
muestra oposición a la autorización de la instalación. Se ha dado traslado a Enel Green
Power de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, del
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), de Enagás Transporte, SAU, de
UFD Distribución Electricidad, SA y de la Dirección General de Medio Natural y
Biodiversidad (Vías Pecuarias) de la Junta de Castilla la Mancha, en adelante JCCM, en
las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar
autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación
con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado a Enel Green Power
de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, SAU, en el que se indica
que no es posible hacer el estudio del proyecto, ya que no se ha recibido la
documentación correspondiente a la planta fotovoltaica La Revuelta, por lo que solicitan
que se complete dicha documentación incluyendo la totalidad de los datos necesarios
para realizar la comprobación de los cruzamientos. Asimismo, manifiesta que puede
verse afectada la futura línea a 400 kV Manzanares – Romica, propiedad de Red
Eléctrica de España, la cual se encuentra en fase de proyecto por lo que será necesario
comunicaciones posteriores para coordinar ambos servicios. Por otro lado, informa que
el trazado de las líneas de 132 kV y 400 kV proyectadas afecta a terrenos propiedad de
Red Eléctrica de España, SU, por lo que deberán ponerse en contacto con el
Departamento de Gestión de Patrimonio Inmobiliario con el fin de suscribir el
correspondiente acuerdo que legitime la ocupación del terreno. Se ha dado traslado a
Enel Green Power el cual expresa que la futura línea a 400 kV Manzanares-Romica,
propiedad de Red Eléctrica de España es compatible con el proyecto actual de la planta
solar fotovoltaica La Revuelta, su línea de evacuación eléctrica de 132 kV, así como con
la subestación eléctrica 2 Manzanares 400/132/30 kV. Por otro lado, indica su disposición
para colaborar con Red Eléctrica de España. Además, indica que se contactó con Red
Eléctrica de España para el envío de la información de la planta fotovoltaica La Revuelta.
Se da traslado a Red Eléctrica de España, SAU para que muestre su conformidad o
reparos, no habiéndose recibido contestación alguna en el plazo reglamentario, se
entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.4, 131.4
y 146.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
No se ha recibido contestación, de la Dirección General de Transición Energética de
la JCCM, de la Dirección General de Carreteras de la JCCM, de Haz Los Girasoles, SL y
de la Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo de la JCCM por lo que se
entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2,
131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real
emitió informe en fecha 15 de junio de 2021, actualizado posteriormente con informes
complementarios de tramitación.
Asimismo, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
(en adelante, EsIA) acompañadas de solicitudes de informe a los solos efectos de lo
establecido en el artículo 37 de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, a la Delegación
Provincial en Ciudad Real de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la
JCCM, a la Dirección General de Economía Circular de la JCCM, a la Oficina Española
de Cambio Climático, al Servicio de Protección Ciudadana de la Delegación Provincial de
la JCCM, a la Delegación Provincial de la Consejería de Sanidad de la JCCM y a la
Dirección General de Desarrollo Rural de la JCCM.

cve: BOE-A-2022-21390
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Núm. 301