II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-21370)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas del Grupo A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Viernes 16 de diciembre de 2022

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– Los periodos en los que la persona aspirante haya estado en situación de servicios
especiales para la formación o situación especial en activo se computarán como
servicios prestados en el puesto de trabajo efectivamente desempeñado.
Los periodos en que la persona aspirante haya estado en situación de servicios
especiales por otros motivos, excedencia especial o desempeñando una jefatura o
dirección de unidad orgánica, se computarán como servicios prestados en el puesto de
trabajo que tuviera en el momento de acceso a dichas situaciones.
– Serán incompatibles las puntuaciones otorgadas por los anteriores subapartados
cuando se refieran al mismo periodo, otorgándose en cada caso la superior de ellas.
b)

Otros méritos, hasta un máximo de 40 puntos:

1. Haber aprobado sin plaza un proceso de ingreso en el mismo puesto de trabajo
objeto de la convocatoria, en la Universidad Pública de Navarra, 28 puntos.
2. Idiomas, hasta un máximo de 12 puntos:
i. El conocimiento del francés, o alemán, como lenguas de trabajo de la Unión
Europea: hasta un máximo de 4 puntos por cada uno de ellos.
ii. El conocimiento del inglés respecto de las plazas en las que el conocimiento de
dichos idiomas no haya sido declarado preceptivo en la plantilla orgánica: hasta un
máximo de 5 puntos.
iii. El conocimiento del euskera respecto de las plazas en las que el conocimiento
de dichos idiomas no haya sido declarado preceptivo en la plantilla orgánica: hasta un
máximo de 7 puntos.
Notas al apartado 2:
– La posesión de un título o certificado que acredite un nivel de conocimiento
equivalente al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas,
recibirá la máxima valoración señalada en los apartados anteriores para cada uno de los
idiomas.
De no poseerse dicha titulación o certificado, se valorará en 1/5 de la puntuación
máxima la posesión de un título o certificado equivalente al nivel A1 del Marco Común
Europeo de Referencia para las Lenguas, en 2/5 la posesión del equivalente al nivel A2,
en 3/5 la posesión del equivalente al nivel B1 y en 4/5 la del nivel B2.
– A efectos de valoración del euskera como mérito, cada urrats superado en los
cursos organizados por el Gobierno de Navarra se valorará en 1/12 de la puntuación
máxima otorgada.

cve: BOE-A-2022-21370
Verificable en https://www.boe.es

c) Una vez realizada la valoración de méritos conforme a lo establecido en los
apartados anteriores, a la puntuación obtenida por las personas que acrediten un grado
de discapacidad igual o superior al 33 por cien se añadirá un total de 1,5 puntos en
concepto de factor de corrección.