II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-21368)
Resolución de 17 de noviembre de 2022, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas del Grupo B.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 174493

No deberán aportarse, puesto que serán facilitados directamente al Tribunal por el
órgano convocante:
– Certificado de servicios prestados en la Universidad Pública de Navarra
– Certificado de haber aprobado sin plaza un proceso de ingreso en el mismo puesto
de trabajo objeto de la convocatoria, en la Universidad Pública de Navarra
b) Comprobante de haber satisfecho la tasa por derecho de participación, o
acreditación de la exención del pago a que se refiere la base 4.2.
c) En el caso de personas con discapacidad reconocida certificado expedido por el
IMSERSO u órgano competente de la Comunidad Autónoma, o de la Resolución del
Instituto Nacional de la Seguridad Social por la que se reconoce el derecho a la
percepción de prestación por Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.
4.

Tasa

4.1 La tasa por la prestación de los servicios necesarios para la realización del
proceso selectivo será de 41,60 euros.
El abono de la tasa se realizará mediante ingreso en efectivo o transferencia en la
cuenta corriente ES16 3008 0001 18 0700190523 de Caja Rural de Navarra, debiendo
figurar en el justificante la identidad del aspirante y la identificación «Denominación
Puesto Trabajo Concurso Méritos».
4.2 Estarán exentas del pago de la tasa:
a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33
por 100.
La exención prevista en el párrafo anterior, referida a la discapacidad reconocida, se
acreditará mediante la presentación del Certificado expedido por el IMSERSO u órgano
competente de la Comunidad Autónoma, o de la Resolución del Instituto Nacional de la
Seguridad Social por la que se reconoce el derecho a la percepción de prestación por
Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.
b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el
plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
La exención prevista en el párrafo anterior, referida a la situación de desempleo, se
acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en
la que se hará constar la fecha de inscripción como persona desempleada.
4.3 Salvo que se acredite causa de exención, la falta de pago de la tasa dentro del
plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión de la persona aspirante,
siendo un requisito insubsanable.
4.4 En ningún caso el pago de la tasa de derechos de examen supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación
en el proceso selectivo.
5.

Admisión de aspirantes

5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Gerente de la Universidad
Pública de Navarra dictará resolución aprobando la lista provisional de personas
aspirantes admitidas y excluidas, citando en este último caso las causas de exclusión, y
ordenará su publicación en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra.
5.2 Sin perjuicio de la exclusión provisional por no presentar, y formalizar
adecuadamente, la solicitud o los documentos a que se refiere la base 3.3, serán
motivos de exclusión insubsanables presentar la solicitud fuera del plazo establecido, no
poseer los requisitos exigidos en la convocatoria en la fecha fijada, y no abonar la tasa
en plazo.

cve: BOE-A-2022-21368
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Núm. 301