II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-21365)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Viernes 16 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 174417

que no las precisan o que renuncian a ellas sin que pueda plantearse solicitud de las
mismas en ningún otro momento posterior del procedimiento.
Los plazos detallados en los apartados 1.4 y 1.7 quedarán suspendidos en las fechas
previstas en la resolución del Rector que, para cada año, establece –a efectos de
cómputo de plazos– el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Universidad de
Zaragoza.
2.

Requisitos de los solicitantes y documentación a presentar

Los aspirantes deberán cumplir los requisitos establecidos en las presentes bases en
el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión.
2.1

Requisitos de carácter general:

2.1.1 Los requisitos generales que establecen los artículos 56 y 57 del EBEP para
el acceso al empleo público.
2.1.2 Haber efectuado el pago de treinta y nueve euros con noventa y ocho
céntimos (39,98 €) en concepto de derechos de participación.
El abono de los derechos de participación se efectuará dentro del plazo de
presentación de solicitudes desde el mismo formulario de solicitud habilitado para ello
mediante Terminal de Pago Virtual con tarjeta de débito o de crédito o a través de Bizum.
El pago quedará confirmado electrónicamente en el momento de presentar la solicitud.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de
Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución del importe abonado cuando no se
realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo.
Tendrán exención del pago:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
b) Los miembros de familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la
Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán
derecho a una exención total los miembros de familias de la categoría especial y a una
bonificación del 50 por ciento los que fueran de la categoría general. La condición de
familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
c) Las víctimas del terrorismo, si así lo acreditan mediante sentencia judicial firme o
en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.
d) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante al menos un
mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención
que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se
hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional. Circunstancias que deberán ser
acreditadas mediante la correspondiente certificación.

2.2.1

Requisitos específicos:
Para todas las plazas convocadas:

a) Estar habilitado o acreditado para el cuerpo y área o rama de conocimiento de la
plaza convocada, conforme a las previsiones contenidas en la disposición adicional 10.ª
de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la LOU, o en el
RD1312, respectivamente.
b) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 65.2 de la LOU y en el artículo 9.4
del RD1313, no podrán participar en el concurso quienes, habiendo obtenido una plaza
en un concurso de acceso a los cuerpos docentes universitarios en otra Universidad, no
la hubieran desempeñado, al menos, durante dos años.

cve: BOE-A-2022-21365
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