I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Días inhábiles. (BOE-A-2022-21309)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2023.
4 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 174142

Julio: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 25: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Galicia y del País Vasco, así
como en la Comunidad de Castilla y León y en la Comunidad Foral de Navarra.
Día 28: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Agosto: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 15: Inhábil en todo el territorio nacional.
Septiembre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 8: Inhábil en las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias y de
Extremadura.
Día 11: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Día 15: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Octubre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 9: Inhábil en la Comunitat Valenciana.
Día 12: Inhábil en todo el territorio nacional.
Noviembre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Diciembre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 8: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 25: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 26: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña
1. En la Comunidad Autónoma de Canarias, el Decreto 156/2022, de 30 de junio,
por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de
Canarias para el año 2023, y se abre plazo para fijar las fiestas locales (BOC de 12 de
julio de 2022) dispone que: «En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La
Gomera, La Palma, Lanzarote y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las
siguientes: en El Hierro: el 25 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Reyes;
en Fuerteventura: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña; en Gran
Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino; en La Gomera: el 9
de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe; en La Palma: el 5 de agosto,
festividad de Nuestra Señora de Las Nieves; en Lanzarote y La Graciosa: el 15 de
septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Volcanes; en Tenerife: el 2 de febrero,
festividad de la Virgen de la Candelaria».
2. En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Orden EMT/81/2022, de 21 de abril,
por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales en Cataluña para el
año 2023 (DOGC de 28 de abril de 2022) dispone que: «En el territorio de Arán, de
acuerdo con el Decreto 152/1997, de 25 de junio, y el Decreto 146/1998, de 23 de junio,
que modifican el Decreto 177/1980, de 3 de octubre, sobre el calendario de fiestas fijas y
suplentes, la fiesta del día 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituida por la de 17
de junio (Fiesta de Arán)».
Asimismo, dispone que: «de las trece fiestas mencionadas en el apartado a) (las
transcritas en el cuadro precedente) habrá una, a escoger entre el 6 de enero (Reyes),
el 10 de abril (lunes de Pascua Florida), el 24 de junio (San Juan) y el 26 de diciembre
(San Esteban), que tendrá el carácter, de recuperable. Las otras doce serán de carácter
retribuido y no recuperable».
3. En la Ciudad Autónoma de Ceuta, el Decreto de la Presidenta Acctal. de la
Ciudad de Ceuta, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la ciudad

cve: BOE-A-2022-21309
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 301