III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-21388)
Orden TED/1240/2022, de 14 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas de transición justa, para el periodo 2022-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de diciembre de 2022

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de 17 de noviembre, colaborando en la gestión de la subvención sin que se produzca la
previa entrega y distribución de los fondos. Para ello, el Instituto para la Transición Justa,
O.A., deberá suscribir con las agencias de desarrollo de las comunidades autónomas, o
con estas en su caso, los preceptivos convenios en los términos legales establecidos en
el artículo 16 de dicha Ley, que deberá regular las condiciones y obligaciones asumidas
en su calidad de entidades colaboradoras, y contendrá (cuando sean aplicables) los
siguientes extremos; sin perjuicio de que las funciones y requisitos establecidos en el
apartado e) puedan diferir entre entidades colaboradoras:
a) Definición del objeto de la colaboración.
b) Identificación de la normativa reguladora especial de las subvenciones que van a
ser gestionadas por la entidad colaboradora (en caso de ser aplicable)
c) Plazo de duración del convenio.
d) Medidas de garantía que sea preciso constituir a favor del órgano administrativo
concedente, medios de constitución y procedimiento de cancelación (en caso de ser
aplicable)
e) Funciones y requisitos que debe cumplir y hacer cumplir la entidad colaboradora
en las diferentes fases del procedimiento de gestión de las subvenciones. Entre éstos,
deberán recogerse, al menos, las funciones, y plazos en su caso, destinados a:
1.º La comprobación del cumplimiento del requisito exigido a los proyectos relativo
al grado de realización de la inversión, de conformidad con lo establecido en el
artículo 8.1 de esta orden.
2.º La emisión de un informe de propuesta de valoración de las solicitudes de
concesión de ayudas para proyectos empresariales que se vayan a ejecutar en su
ámbito territorial sobre el grado de cumplimiento de todos los requisitos exigidos en las
bases reguladoras, conforme a los criterios generales para la modulación de ayudas y
priorización de los proyectos que se establecen en el artículo 19 de esta orden.
3.º La emisión de un informe de evaluación de viabilidad técnica, económica y
financiera del proyecto, con carácter previo a la resolución de la solicitud de la ayuda, tal
y como se establece en el artículo 18 de esta orden.
4.º La certificación del cumplimiento de los requisitos de ejecución de la inversión
subvencionable y del cumplimiento del compromiso de creación de empleo establecidos
en la resolución de concesión de la ayuda o posteriores modificatorias, que deberá
realizarse en el plazo máximo de tres meses a contar desde que el beneficiario realice la
petición de liquidación de la inversión.
5.º La certificación del cumplimiento de los requisitos de mantenimiento de la
inversión subvencionable y del cumplimiento del compromiso de mantenimiento de
empleo establecidos en la resolución de concesión de la ayuda o posteriores
modificatorias, que deberá realizarse en el plazo máximo de tres meses a contar desde
que el beneficiario o el Instituto para la Transición Justa, O.A., realicen la petición de
efectuar dicha certificación.
6.º El control y seguimiento de los proyectos incluidos en su ámbito territorial y la
elaboración de informes, cuando así lo solicite el Instituto para la Transición Justa, O.A.,
a partir de la fecha de resolución de la concesión de la ayuda, que permitan comprobar
el grado de ejecución de los mismos.
7.º La elaboración de informes sobre cualquier aspecto que sea planteado en
relación con los proyectos para los que se hayan solicitado ayudas y estén incluidos en
su ámbito territorial. Estos informes habrán de remitirse al Instituto para la Transición
Justa, O.A., en el plazo que se fije en cada caso.
8.º La colaboración con el Instituto para la Transición Justa, O.A., en la realización
de estudios del impacto que tienen las ayudas concedidas a la iniciativa empresarial
sobre la economía de estas zonas, dentro de su ámbito territorial.

cve: BOE-A-2022-21388
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Núm. 301