IV. Administración de Justicia. TRIBUNAL SUPREMO. (BOE-B-2022-39005)
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 15 de diciembre de 2022

Sec. IV. Pág. 60063

artículo 218.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación también con el artículo
18.2 CE
Recurso nº 758/2022.- Normas que serán objeto de interpretación: artículos 1,
10, 14 Disposición Adicional 3, Disposición Transitoria 1 y Disposición Final Cuarta
de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el artículo 2 y
Disposición Transitoria Primera 2 de la Ley 17/2013, de 29 de octubre, para la
garantía del suministro e incremento de la competencia en los sistemas eléctricos
insulares y extrapeninsulares; el artículo 43.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común (actual artículo 24.1 y 2 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas); y de los artículos 1, 6, 8, 18, 43, 47, 48, 49 y 51 y Disposición Transitoria
Primera, apartados 2 y 3 y Anexo VIII del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio,
por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el
procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no
peninsulares.
Recurso nº 1653/2022.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo
2 de la Ley 10/1986, de 17 de marzo, sobre Odontólogos y otros profesionales
relacionados con la salud dental y los artículos 5, 6 y 7 del Real Decreto 1594/
1994, de 15 de julio, por el que se desarrolla lo previsto en la Ley 10/1986, que
regula la profesión de Odontólogo, Protésico e Higienista Dental
Recurso nº 2035/2022.- Normas que serán objeto de interpretación: artículo 1.1
y 2 de la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de Coordinación de las Competencias del
Estado y las Comunidades Autónomas en materia de Defensa de la Competencia,
y el artículo 3 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales
Recurso nº 2277/2022.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo
1.1 y 2 de la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de Coordinación de las Competencias
del Estado y las Comunidades Autónomas en materia de Defensa de la
Competencia, y el artículo 3 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios
Profesionales
Recurso nº 2324/2022.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo
15.3 de Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno; los artículos 4.1, 4.2 y 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva
95/46/CE (Reglamento general de protección de datos); y el artículo 8 de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
Garantía de los derechos digitales; todo ello en relación con el artículo 18 CE
Recursos admitidos por autos de fecha 15 de junio de 2022
Recurso nº 5672/2019.- Normas que serán objeto de interpretación: (i)
Artículos 7, 29 y 32 del Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, Reglamento
General de Inscripción de Empresas y Afiliación, Altas y Bajas de Trabajadores en
el Sistema de la Seguridad Social. (ii) La Disposición Transitoria del Real Decreto
960/1990, de 13 de julio, que integra en el Régimen General de la Seguridad
Social al personal al servicio de la Administración de Justicia y el art. 1 de la Orden
de 18 de junio de 1992, por la que se dictan normas de aplicación y desarrollo. (iii)
Artículos 9 y 10 LJCA

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Núm. 300