IV. Administración de Justicia. TRIBUNAL SUPREMO. (BOE-B-2022-39005)
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 15 de diciembre de 2022

Sec. IV. Pág. 60021

Policía Nacional, puestos en relación con el artículo 2 de la Directiva 2003/88/CE,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a
determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo.
Recurso nº 1738/2021.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos 61 y 70.1 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público
Recurso nº 2248/2021.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo
98.3 y 98.4 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, cuyo texto
refundido fue aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
Recurso nº 2980/2021.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos 5 y 27.2 del Real Decreto legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado; el artículo
46.Uno de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2013; el artículo 6.1 d) del R.D. 1103/2014, de 26 de diciembre,
sobre revalorización y complementos de pensiones para el año 2015 y otras
normas en materia de Clases Pasivas; artículo 6.1 d) del Real Decreto 1169/2015,
de 29 de diciembre, sobre revalorización y complementos de pensiones de Clases
Pasivas para el año 2016; y los artículos 9.3, 14 y 31 de la Constitución española.
Recurso nº 3423/2021.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos 14 y 23.2 de la CE, en relación con el artículo 55.1 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 39.3 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas
Recurso nº 3934/2021.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos 3 y 5 de la citada Directiva 2003/88/CE, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la
ordenación del tiempo de trabajo; los artículos 59.4 del Acuerdo de 15 de
septiembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que
se aprueba el Reglamento 1/2005, de los aspectos accesorios de las actuaciones
judiciales, que ordena la disponibilidad y continua localización para atender
puntualmente a cualesquiera incidencias propias del servicio de guardia que
pudieren suscitarse, en cuyo caso se incorporarán al mismo de forma inmediata;
los apartados undécimo, y duodécimo de la Orden PRE 417/2003, de 3 de junio,
por la que se regula el servicio especial de guardia de disponibilidad, para atender
cualquier incidencia derivada de la Ley Orgánica reguladora de la responsabilidad
penal de los menores, en condiciones de continua localización, y el artículo 14 de
la CE en relación con el principio de igualdad, respecto del reconocimiento del
derecho reclamado a otros funcionarios de la Administración de Justicia.
Recursos admitidos por autos de fecha 23 de febrero de 2022
Recurso nº 5980/2020.- Normas que serán objeto de interpretación: Los
artículos 18, 24, 81, 117 y 122 de la Constitución Española. Los artículos 113 y 142
de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. El artículo 172.3 del
Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria
y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los
tributos. Los artículos 99 y 100 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El artículo

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