III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-21293)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Productos para la Infancia, para la organización de tres misiones inversas de compradores y prescriptores de opinión del sector de productos para la infancia a celebrar en 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Jueves 15 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 174007

– Alojamiento de los participantes en las Misiones Inversas durante su estancia en
España; y
– Alquiler de salas, espacios y de equipos audiovisuales.
Se excluyen como gastos susceptibles de ser financiados los gastos de gestión
interna del Colaborador Sectorial y específicamente sueldos y salarios, alquiler de
oficinas, contratación de servicios inherentes al Colaborador Sectorial, así como
todos aquellos gastos considerados de gestión interna del Colaborador Sectorial.
Quedan también excluidos los gastos de kilometraje, parking, dietas y manutención
en general.
4.2

Justificación de los gastos.

Para el adecuado seguimiento de los costes de las Misiones Inversas, en el plazo
máximo de tres (3) meses desde la finalización de cada Misión Inversa, el Colaborador
Sectorial presentará a la Comisión de Seguimiento una memoria económica justificativa
del destino de los fondos, que incluirá la relación de facturas y pagos realizados, con
indicación de la parte financiada por ICEX.
El gasto se realizará en un primer momento por el Colaborador Sectorial con
respecto de las obligaciones que la misma asume conforme a lo dispuesto en la cláusula
segunda. ICEX llevará a cabo una revisión de los gastos financiados con su aportación
de acuerdo con los procedimientos que tiene establecidos para ello, para lo que el
Colaborador Sectorial deberá presentar los justificantes originales de los gastos
generados en la realización de las Misiones Inversas y de su pago. Posteriormente,
ICEX abonará el gasto realizado por el Colaborador Sectorial de conformidad con los
porcentajes indicados en la cláusula tercera anterior en el plazo de treinta (30) días
naturales, con el máximo previsto en la citada cláusula.
La revisión de los gastos financiados con la aportación de ICEX se realizará por
firmas auditoras contratadas por ICEX, para lo que el Colaborador Sectorial deberá
presentar los justificantes originales de los gastos generados en la realización de las
actividades para la ejecución de las Misiones Inversas.
Quinta. Comisión de Seguimiento.
Para el seguimiento y evaluación de las Misiones Inversas relacionadas con el
presente convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos (2)
representantes designados por el Colaborador Sectorial y otros dos (2) designados por
ICEX (en lo sucesivo, la Comisión de Seguimiento).
Por parte del Colaborador Sectorial formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– La persona titular de la dirección Internacional.
– La persona titular de la dirección General.
Por parte de ICEX, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– La persona titular de la dirección del Departamento de Moda.
– La persona que ostente la jefatura del Sector del departamento de Moda.

– Interpretar el convenio;
– Seguimiento, vigilancia y coordinación de las actuaciones que en virtud del mismo
se desarrollen;
– Resolver las incidencias que puedan derivarse de su ejecución;
– Aprobación del presupuesto y valoración de los gastos realizados dentro de las
Misiones Inversas realizadas por las Partes al amparo del presente convenio;
– Aprobación de las memorias económicas y técnicas de las Misiones Inversas; y
– Cuantas otras se le asignen en el clausulado del presente convenio.

cve: BOE-A-2022-21293
Verificable en https://www.boe.es

La Comisión tendrá asignadas las funciones de: