V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. (BOE-B-2022-39116)
Resolución de 13 de diciembre de 2022 de ICEX España Exportación e Inversiones E.P.E., por la que se convocan entregas dinerarias sin contraprestación a las entidades colaboradoras en gestión de ayudas de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para actividades cuya realización esté prevista del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Jueves 15 de diciembre de 2022

Sec. V-B. Pág. 60326

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

39116

Resolución de 13 de diciembre de 2022 de ICEX España Exportación e
Inve rsione s E.P.E., por la que se convocan e ntre gas dine rarias sin
contraprestación a las entidades colaboradoras en gestión de ayudas
de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para actividades
cuya realización esté prevista del 1 de enero al 31 de diciembre de
2023

BDNS(Identif.):663731
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
663731)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias las asociaciones o federaciones españolas de
exportadores o entidades similares reconocidas como entidades colaboradoras de
ICEX con las que se haya firmado el correspondiente Convenio.
Segundo. Objeto.
1. Convocar la concesión de entregas dinerarias sin contraprestación a las
Asociaciones o Federaciones Españolas de Exportadores o Entidades similares
reconocidas como Entidades Colaboradoras de ICEX con las que se haya firmado
el correspondiente Convenio cuyo objeto sea el apoyo a la promoción de la
internacionalización de la empresa española a través de determinadas actividades
cuya realización esté prevista del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023.
2. La actividad apoyada y sus gastos asociados han de haber sido realizados
con posterioridad a la aprobación del gasto por parte de ICEX.
3. Las actividades sujetas a ayudas serán las siguientes:
a) Soportes de difusión y promoción.ICEX podrá requerir la inclusión de su logo
o del Ministerio de adscripción en el material promocional.

b) Stands Informativos Sectoriales (tanto presenciales como virtuales).Los
conceptos susceptibles de ser objeto de la ayuda son el alquiler de espacio o
similar en formatos virtuales (aquí estarán incluidos los suministros de feria y
arrendamiento de equipos, así como la cuota de inscripción en la feria cuando esta
sea obligatoria pagarla a la organización ferial para poder participar en la feria);
decoración; transporte; y gastos de promoción (publicidad, catálogo, etc.).
c) Stand de la entidad colaboradora en feria de pabellón agrupado (FPA), en
ferias tanto presenciales como virtuales.Los conceptos susceptibles de ser objeto
de la ayuda son el alquiler de espacio o similar en formatos virtuales (aquí estarán
incluidos los suministros de feria y arrendamiento de equipos, así como la cuota de

cve: BOE-B-2022-39116
Verificable en https://www.boe.es

Los conceptos susceptibles de ser objeto de la ayuda son el diseño del
material, la creación del material y la impresión del material.