V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2022-39122)
Extracto de la Resolución de 30 de noviembre de 2022, del Consejo de Administración de la E.P.E Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., por la que se formaliza la primera convocatoria correspondiente al "Programa 3: Instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores", incluido en los programas de "Repotenciación Circular" para la concesión de ayudas en instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores, en el marco del PRTR
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Jueves 15 de diciembre de 2022

Sec. V-B. Pág. 60342

El presupuesto asignado para esta convocatoria proviene, en primer lugar, de
los fondos de IDAE previa transferencia de los mismos con origen en la aplicación
presupuestaria 23.50.42GA.748.05 «Al IDAE para el desarrollo de energías
renovables innovadoras, integradas en la edificación y en los procesos
productivos. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» contenida en la Ley 22/
2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año
2022. Complementariamente, en segundo lugar, de los fondos de IDAE previa
transferencia de los mismos, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.50.42HA748.08 «Al IDAE para el despliegue del almacenamiento energético. Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia» de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 12:00 horas del día 17
de enero de 2023 y finalizará a las 12:00 horas del día 10 de marzo de 2023.
Transcurrido dicho plazo, no serán admitidas más solicitudes.
Sexto. Otros datos:
1. Plazo de ejecución de las actuaciones: Las instalaciones deberán
encontrarse completamente finalizadas antes del 15 de enero 2026, de acuerdo
con lo estipulado en el artículo 21 de las bases reguladoras.
2. Para los proyectos del programa 3 se establece una inversión mínima por
proyecto superior a 200.000 €. A estos efectos, se considerará como inversión, la
suma de las partidas que cumplan con la consideración de costes elegibles de la
actuación.
3. El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva, conforme al
artículo 22 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y de acuerdo con los criterios establecidos en las bases reguladoras
y en la convocatoria.

5. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/
241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, las ayudas
reguladas en esta orden serán compatibles con otras ayudas concedidas, para la
misma actuación, por cualesquiera Administraciones públicas u organismos o
entes públicos, nacionales, de la Unión Europea o internacionales, siempre que no
se financie el mismo coste de la actuación, no se supere el coste de la actividad
subvencionada y se cumpla la condición de que, de forma acumulada, las ayudas
no superen los límites establecidos por el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la
Comisión, de 17 de junio de 2014.

cve: BOE-B-2022-39122
Verificable en https://www.boe.es

4. El IDAE, podrá conceder anticipos de las ayudas a los beneficiarios que lo
soliciten, previa aportación de una garantía, y en las condiciones que se
establecen en el apartado 1 y 2 de la disposición decimoquinta de la convocatoria
y en el anexo VII de la misma, así como en los artículos 23 y 24 de la Orden TED/
1071/2022, de 8 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras
para los programas de concesión de ayudas a la inversión en la repotenciación de
instalaciones eólicas, en la renovación tecnológica y medioambiental de
minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW y en instalaciones innovadoras de
reciclaje de palas de aerogeneradores, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU
(Programas Repotenciación Circular).