I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Subvenciones. (BOE-A-2022-21190)
Corrección de errores del Real Decreto 978/2022, de 22 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones, para el ejercicio presupuestario 2022, destinadas a la financiación del desarrollo de actuaciones de la inversión "Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva", en concreto del proyecto "Financiación de formación (microcréditos)", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Jueves 15 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 173695

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
21190

Corrección de errores del Real Decreto 978/2022, de 22 de noviembre, por el
que se regula la concesión directa de subvenciones, para el ejercicio
presupuestario 2022, destinadas a la financiación del desarrollo de
actuaciones de la inversión «Adquisición de nuevas competencias para la
transformación digital, verde y productiva», en concreto del proyecto
«Financiación de formación (microcréditos)», en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión
Europea- Next Generation EU.

Advertido error en el Real Decreto 978/2022, de 22 de noviembre, por el que se
regula la concesión directa de subvenciones, para el ejercicio presupuestario 2022,
destinadas a la financiación del desarrollo de actuaciones de la inversión «Adquisición de
nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva», en concreto del
proyecto «Financiación de formación (microcréditos)», en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia –Financiado por la Unión Europea– Next
Generation EU, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 281, de 23 de
noviembre de 2022, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

cve: BOE-A-2022-21190
Verificable en https://www.boe.es

En la página 159758, artículo 3, apartado 2, en la última línea, donde dice: «… más
allá del 31 de marzo de 2024», debe decir: «… más allá del 31 de marzo de 2025».

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X