III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Convenios. (BOE-A-2022-21176)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pontificia de Salamanca, para la realización de prácticas externas en la Delegación del Gobierno en Castilla y León y las Subdelegaciones del Gobierno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 14 de diciembre de 2022

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previsión, en cuanto al número de alumnos, las áreas de actividad del anexo III en las
que los alumnos desarrollarán las prácticas en el respectivo curso académico, así como
calendario y horarios de las prácticas. En todo caso, el número máximo de estudiantes
que participarán en el proyecto formativo no podrá ser superior a diez personas por
curso académico.
En el plazo de quince días naturales desde la recepción de dicha previsión, los
responsables de la Delegación/Subdelegación del Gobierno, deberán, de forma expresa,
dar su conformidad a la misma o proponer las adaptaciones que estimen convenientes
para el correcto desarrollo de las prácticas.
Tercera.

Proyecto formativo.

El contenido del proyecto formativo se corresponde con lo detallado en el anexo III
del presente convenio.
Cuarta. Tutores.
La Universidad Pontificia de Salamanca designará un tutor académico responsable
del correcto desarrollo académico de cada una de las prácticas externas derivadas de
este convenio, que será preferentemente un Profesor de la facultad o escuela en la que
se encuentre matriculado el estudiante y, en todo caso, afín a la enseñanza a la que se
vincula la práctica. Al tutor de la Universidad le corresponderán las obligaciones que se
contemplan en el artículo 12.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, y en particular:
– El seguimiento y supervisión de las prácticas, resolviendo las posibles dudas de
tipo académico que se pudieran plantear.
– El seguimiento del programa formativo desarrollado por el estudiante para verificar
su correcto aprovechamiento.
Asimismo, la Delegación del Gobierno en Castilla y León y/o la Subdelegación del
Gobierno designará un tutor que será una persona vinculada a la misma, con experiencia
profesional y conocimientos necesarios para realizar una tutela efectiva, y será
interlocutor con el estudiante, el tutor académico y la unidad de prácticas externas. Al
tutor de la Delegación del Gobierno y/o la Subdelegación del Gobierno le corresponderán
las obligaciones que se contemplan en el artículo 11.2 del Real Decreto 592/2014, de 11
de julio, y en particular:
– Fijar el plan de trabajo del estudiante.
– Orientar y ayudar al estudiante en sus dudas y dificultades durante su estancia en
la Delegación/Subdelegación del Gobierno.
– Realizar el informe correspondiente de evaluación del desarrollo de la práctica final
de la misma.

Quinta. Obligaciones que asumirán los estudiantes participantes en el programa de
prácticas.
Los estudiantes participantes en el programa de prácticas, deberán cumplir las
obligaciones previstas en el artículo 9.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, y en
particular las siguientes:
a) Iniciar la práctica en la fecha y condiciones acordadas.
b) Cumplir los horarios y seguir las normas fijadas.
c) Realizar con diligencia y aprovechamiento las actividades de las prácticas, de
acuerdo con el programa y condiciones específicas aprobadas.

cve: BOE-A-2022-21176
Verificable en https://www.boe.es

Las partes podrán encomendar otras funciones tanto al tutor de la Administración
como al tutor académico de la Universidad, responsabilizándose los tutores del
seguimiento del proyecto formativo.