II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNITAT VALENCIANA. Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2022-21149)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que, en ejecución de sentencia, se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo singularizado por lengua valenciana del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, en la Fiscalía de Àrea Benidorm-Dènia, en la localidad de Benidorm.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 14 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 173214

Administración Pública así como por las centrales sindicales en desarrollo de acuerdos
de formación suscritos con las administraciones públicas que guarden relación con los
méritos antedichos.
Séptima.

Comisión de Valoración.

7.1 El órgano colegiado al que corresponde el desarrollo de este proceso de
provisión es la Comisión de Valoración, está formada por cuatro miembros en
representación de la Administración convocante y designados por ella, de los que al
menos uno será funcionario/a al servicio de la Administración de Justicia y tres miembros
designados por las organizaciones sindicales más representativas, en los términos
previstos en el artículo 50 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de trabajo y Promoción
Profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia,
respondiendo su selección a criterios de imparcialidad, profesionalidad y paridad.
7.2 En general, las actuaciones de la Comisión de Valoración que requieran
notificación a los aspirantes se harán públicas en la página web de la Dirección General
de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, y en la intranet de la
Administración de Justicia.
7.3 La abstención y la recusación de los miembros de la Comisión de Valoración se
regulará por lo que disponen los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
7.4 La Comisión de Valoración es la encargada de proponer a los candidatos que
hayan obtenido mayor puntuación, sumados los resultados de las fases de méritos
generales y de la fase de méritos específicos y, en caso de empate, a los candidatos con
mayor puntuación en el apartado de antigüedad en el cuerpo.
Octava. Procedimiento.
8.1 Transcurridos los plazos previstos de presentación de solicitudes, la Comisión
de Valoración elaborará la propuesta de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación
de los motivos de exclusión, que será expuesta conforme a lo que establece el punto 7.2
de las bases.
8.2 Realizada la valoración de los méritos previstos según los sistemas de
acreditación que se han establecido en la base sexta, la Comisión de Valoración
elaborará la propuesta provisional de resolución del concurso, que será expuesta a fin de
que las personas interesadas puedan formular, en el plazo de cinco días naturales, las
observaciones o reclamaciones que consideren pertinentes que se presentarán a través
de la dirección de Registro Electrónico de la Generalitat Valenciana que se habilitará en
el momento de la exposición de la propuesta.
8.3 La Comisión de Valoración elaborará la propuesta definitiva de resolución del
concurso, que elevará al órgano convocante a fin de que, si procede, la apruebe y
elabore la resolución definitiva del concurso.
Régimen de impugnaciones.

Contra los actos definitivos o de trámite de la Comisión de Valoración, si estos
últimos deciden directamente o indirectamente el fondo del asunto, determinan la
imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable
a los derechos e intereses legítimos, las personas interesadas pueden interponer un
recurso de alzada ante este órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente de su exposición pública, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2022-21149
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Novena.