III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2022-21171)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Asociación Bipolar de Madrid, para el desarrollo de programas de intervención en el medio abierto y en el ámbito de las penas y medidas alternativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 14 de diciembre de 2022

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Por lo expuesto, se acuerda suscribir el presente convenio que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto la efectiva puesta en marcha de programas de
Intervención que podrán estar dirigidos tanto a condenados a privación de libertad en
régimen de tercer grado, como a aquellos condenados a penas y medidas alternativas.
Segunda. Compromisos
Penitenciarias.

que

asume

la

Secretaría

General

de

Instituciones

La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, a través de la Subdirección
General de Medio Abierto y Penas y Medidas Alternativas, se compromete a:
1. Posibilitar el desarrollo del programa de intervención, mediante la derivación de
los casos de penados con sometimiento a esta regla de conducta, por condenas a
medidas y penas alternativas, y aquellos internos condenados a privación de libertad que
así lo requieran.
2. Colaborar en la formación de los especialistas necesarios para la adecuada
aplicación del taller o programa de intervención a desarrollar.
3. Facilitar el material de trabajo, la metodología de aplicación y los instrumentos
necesarios para el desarrollo del taller o programa.
4. Establecer un plan de seguimiento, evaluación y control de la calidad del taller o
programa.
5. Coordinar e integrar todas las actuaciones realizadas, a fin de dar fiel
cumplimiento del taller o programa a los destinatarios del mismo.
6. Adoptar las medidas de seguridad oportunas cuando el programa o taller se
desarrolle en un Centro de Inserción Social.
Tercera.

Compromisos que asume la Asociación.

La Asociación se compromete a:
1. Desarrollar el Programa conforme al modelo y programa marco establecido por
la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
2. Aportar a los profesionales adecuados y necesarios para el desarrollo del
Programa objeto del presente convenio.
Cuarta. Obligaciones económicas o contractuales.

Quinta.

Recursos humanos.

El presente convenio no generará ningún tipo de vínculo contractual ni laboral entre
las partes firmantes y las personas físicas que desempeñen las actividades propias del
mismo.

cve: BOE-A-2022-21171
Verificable en https://www.boe.es

Del presente convenio no se generarán obligaciones de carácter económico para
ninguna de las partes.
Asimismo, en ningún caso se derivarán relaciones de naturaleza laboral, contractual,
funcionarial o estatuaria entre los profesionales que realicen los talleres o programas y la
Administración Penitenciaria.