III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-21174)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de restauración colectiva.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 14 de diciembre de 2022
3.

Sec. III. Pág. 173392

Córdoba

Salario base
2022
3%
Euros

5/estrellas

2023
2.5%
Euros

2024
2.5%
Euros

NIVEL 1.

1236,89 1267,81 1299,50

NIVEL 2.

1213,55 1243,88 1274,98

NIVEL 3.

1142,97 1171,54 1200,83

NIVEL 4.

1119,83 1147,82 1176,52

NIVEL 5.

1110,41 1138,17 1166,63
TABLA A

NIVEL 1.

1211,57 1241,86 1272,90

NIVEL 2.

1188,68 1218,40 1248,86

NIVEL 3.

1119,85 1147,84 1176,54

NIVEL 4.

1096,89 1124,31 1152,42

NIVEL 5.

1087,68 1114,87 1142,74
TABLA B

NIVEL 1.

1188,68 1218,40 1248,86

NIVEL 2.

1165,67 1194,81 1224,68

NIVEL 3.

1096,89 1124,31 1152,42

NIVEL 4.

1087,68 1114,87 1142,74

NIVEL 5(Monitor/a).

1078,56 1105,53 1133,17

2022
3%
Euros

2023
2.5%
Euros

2024
2.5%
Euros

Uniformidad Completa.

15,88

16,28

16,69

Uniforme.

9,53

9,77

10,01

Calzado.

6,36

6,51

6,68

Montaje y Desmontaje.

11,43

11,72

12,01

Subsidio por defunción.

317,7

325,65

333,79

3%

3%

3%

Antigüedad (al cumplir 3 años en la empresa).
Seguro Accidentes.

Las empresas se obligan a concertar una póliza de seguro de veinticuatro mil euros (24.000 €), para el caso de muerte por accidente, que tenga
lugar durante la jornada de trabajo y 2 horas antes y después de dicha jornada y de veintisiete mil euros (27.000 €) para el caso de incapacidad
permanente, total o absoluta, y que tenga lugar durante la jornada de trabajo y dos horas antes y después de dicha jornada. La cobertura de este
seguro alcanza todo tipo de accidentes que puedan sufrir los asegurados con motivo y ocasión de los servicios que presten al contratante y que
produzcan muerte, incapacidad permanente total o absoluta para todo trabajo. En caso de muerte tendrán derecho al cobro de este seguro: 1.
Cónyuge o persona con la que conviva. 2. Hijos si los hubiese. 3. Madre o padre del fallecido/a. 4. Hermanos/as. Las empresas que incumplan esta
obligación resultarán directamente obligadas al pago de la indemnización que determinará este seguro.

cve: BOE-A-2022-21174
Verificable en https://www.boe.es

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