III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2022-21132)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara y la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Guadalajara, para la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido en Guadalajara y en Azuqueca de Henares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Martes 13 de diciembre de 2022
Novena.

Sec. III. Pág. 171006

Resolución de conflictos.

Las cuestiones que pudieran surgir en la interpretación y en la aplicación del
presente convenio, así como de los posibles incumplimientos de los compromisos
adquiridos por cualquiera de los firmantes, se resolverán de mutuo acuerdo por la
Comisión de Seguimiento.
De persistir la discrepancia se elevará a los órganos directivos en los Servicios
Centrales de las Entidades firmantes y, finalmente, en su caso, se someterá a los
órganos superiores del Departamento.
Décima. Modificación del convenio.
El contenido de este convenio únicamente podrá modificarse por acuerdo unánime
de las partes firmantes, que se formalizará mediante adenda modificativa.
Undécima.

Extinción del convenio.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
este convenio podrá extinguirse por las siguientes causas:
Por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto.
Por incurrir en causa de resolución. Siendo causa de resolución las siguientes:
El transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la prórroga
del mismo.
El acuerdo unánime de todos los firmantes.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes.
Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
Por cualquier otra causa distinta de las anteriores que esté prevista en otras leyes.
Duodécima.

Vigencia.

Decimotercera. Extinción del convenio entre la Dirección Provincial del Instituto
Nacional de la Seguridad Social y la Dirección Provincial de la Tesorería General de
la Seguridad Social de Guadalajara para la administración y participación en gastos
de los inmuebles de uso compartido sitos en la calle Carmen, 2, de Guadalajara
destinado a Dirección Provincial, y el sito en la Avenida de Meco, 25, de Azuqueca
de Henares, destinado a Oficina Integral de la Seguridad Social de 27 de febrero
de 2019.
Una vez el presente convenio adquiera eficacia jurídica, de conformidad con la
cláusula duodécima, quedará resuelto, liquidado y extinguido el anterior convenio
suscrito entre las partes en fecha 27 de febrero de 2019, sin necesidad de realizar
liquidación adicional alguna. En consecuencia, el presente convenio sustituirá en su
totalidad al extinto convenio firmado por las partes en fecha 27 de febrero de 2019.

cve: BOE-A-2022-21132
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes,
y resultará eficaz previa inscripción del convenio en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y sin perjuicio de su
posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y aplicable desde la fecha indicada en el
acta que suscriban las partes de entregas de superficies del inmueble objeto del mismo,
cuya firma tendrá lugar una vez producidas dicha inscripción y publicación.
El presente convenio tiene una vigencia de cuatro años, prorrogables por otros
cuatro adicionales de mutuo acuerdo, si bien podrá ser denunciado en cualquier
momento antes de su finalización por cualquiera de las Entidades que lo suscriben.