I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2022-21018)
Orden PCM/1231/2022, de 12 de diciembre, por la que se crean y regulan la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Martes 13 de diciembre de 2022

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Orden PCM/1231/2022, de 12 de diciembre, por la que se crean y regulan la
Junta de Contratación y la Mesa de Contratación del Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

El artículo 323.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,
establece que en los departamentos ministeriales podrán constituirse Juntas de
Contratación, que actuarán como órganos de contratación con los límites cuantitativos o
referentes a las características de los contratos que determine el titular del
departamento, en los contratos mencionados en dicho precepto.
Junto a ello, el artículo 7 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre,
señala que el Ministro, además de las funciones señaladas en el artículo 12.4 de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, podrá atribuir a las Juntas de Contratación las funciones
de programación y estudio de las necesidades de contratos a celebrar y cualesquiera
otras que estén relacionadas con la actividad contractual en el ámbito de las
competencias del Ministerio.
Por su parte, el artículo 326.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, dispone que
salvo en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una Junta de
Contratación, los órganos de contratación de las Administraciones Públicas deberán
estar asistidos por una mesa de contratación en los procedimientos abiertos, abierto
simplificado, restringidos, de diálogo competitivo, de licitación con negociación y de
asociación para la innovación, siendo potestativa su constitución en los procedimientos
negociados en que no sea necesario publicar anuncios de licitación, salvo cuando se
fundamente en la existencia de una imperiosa urgencia prevista en la letra b).1.º del
artículo 168, en el que será obligatoria la constitución de la mesa, así como en los
procedimientos a los que se refiere el artículo 159.6.
La Orden PCM/691/2020, de 20 de julio, por la que se crea y regula la Mesa de
Contratación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria
Democrática, mantiene el modelo de mesa única de contratación que ya estableció la
Orden PCI/226/2019, de 28 de febrero, por la que se regulan la composición y el
funcionamiento de la Mesa de contratación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones
con las Cortes e Igualdad.
Sin embargo, la inminente asunción de la Presidencia de turno del Consejo de la
Unión Europea en el segundo semestre de 2023, y el desarrollo de las actividades
inherentes a la misma, que ha motivado la creación de la Oficina de Coordinación para la
Presidencia Española de la Unión Europea, introducida por el Real Decreto 945/2021,
de 27 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 634/2021, de 26 de julio, por el
que se reestructura la Presidencia del Gobierno, exige garantizar la agilidad y eficacia en
la tramitación de los expedientes de contratación necesarios para su ejecución.
En este sentido, esta orden, haciendo uso de la habilitación legal prevista en el
referido artículo 323.4 de la mencionada Ley 9/2017, de 8 de noviembre, crea y regula la
Junta de Contratación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y
Memoria Democrática.

cve: BOE-A-2022-21018
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