II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Funcionarios de los Subgrupos A1 y A2. (BOE-A-2022-20924)
Resolución 400/38461/2022, de 1 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Lunes 12 de diciembre de 2022
3.

Sec. II.B. Pág. 169814

Cursos de formación o perfeccionamiento.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán hasta un máximo de 10
puntos, independientemente del grupo o subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala
en el que se hayan impartido o recibido.
Los cursos susceptibles de valoración serán los impartidos o recibidos en el marco
del Acuerdo de formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros
oficiales de idiomas, así como los que estén incluidos en los Planes o Programas de
Formación interna de los Departamentos u Organismos, no pudiéndose valorar los
pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos
selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares.
Tanto los cursos impartidos como los recibidos, únicamente serán objeto de
valoración cuando aparezcan reflejados en el certificado de méritos generales. En caso
de que no figure la duración de los cursos y la fecha de realización no podrán ser objeto
de valoración.
Se otorgará, por la realización como asistente de los cursos de formación y
perfeccionamiento con una duración mínima acreditada de quince horas, siempre que se
haya expedido diploma o certificado de asistencia o de aprovechamiento: 3 puntos por
curso. Se podrá otorgar una puntuación adicional de 0,25 puntos a los cursos con una
duración superior a veinticinco horas.
Por la impartición de cursos de formación y perfeccionamiento con una duración
mínima acreditada de dos horas: 3 puntos por curso.
La puntuación máxima por los cursos impartidos y recibidos no podrá superar los 9
puntos.
Por cada materia de las especificadas en el área de conocimiento solo podrá ser
valorado un curso, independientemente del número de cursos que sobre ella se hayan
recibido o impartido.
En el caso de haberse recibido o impartido más de un curso sobre una misma
materia se valorará el que otorgue mayor puntuación a la persona participante.
Dada la naturaleza transversal de la formación en materia de igualdad entre mujeres
y hombres, se otorgará para todos los puestos que se incluyen en la convocatoria, una
valoración de 1 punto a los cursos de formación en esta materia, siempre que su
duración sea de quince o más horas.
El plazo máximo de validez de los cursos será de diez años inmediatamente
anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Antigüedad.

La antigüedad se valorará de la forma que se expresa a continuación,
independientemente del grupo u subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala en el que
se haya adquirido: 0,67 puntos por cada año completo de servicio, hasta un máximo
de 20 puntos.
Computarán a estos efectos los servicios prestados con anterioridad a la adquisición
de la condición de funcionario o funcionaria de carrera, siempre que los tuviera
reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, y siempre
que estén certificados en el Anexo correspondiente al certificado de méritos (anexo III).
La antigüedad que no conste en dicho Anexo no se considerará a efectos de su
valoración.
No se tendrán en cuenta los servicios prestados simultáneamente con otros
igualmente alegados.
5.

Supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Para la valoración de estos méritos se atenderá a los siguientes criterios:
Los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral solo
serán objeto de valoración cuando el funcionario o funcionaria se encuentre en situación

cve: BOE-A-2022-20924
Verificable en https://www.boe.es

4.