II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. (BOE-A-2022-20925)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la relación de personas aprobadas de la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, convocado por Resolución de 16 de febrero de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Lunes 12 de diciembre de 2022

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
20925

Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se
publica la relación de personas aprobadas de la fase de oposición del
proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la
Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene
en el Trabajo, convocado por Resolución de 16 de febrero de 2022.

De conformidad con lo establecido en el apartado decimonoveno de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 22 de julio de 2017), por la
que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el
ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, y de
acuerdo con la lista emitida por el Tribunal de las pruebas selectivas para el ingreso por
el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados Superiores del Instituto
Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, convocadas por Resolución de 16 de
febrero de 2022, («Boletín Oficial del Estado» de 23 de febrero), se hace pública por
orden de la puntación obtenida en la fase de oposición la relación de aspirantes que han
superado la misma.
Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados a
partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del
Estado», para presentar en el Registro General del Ministerio de Trabajo y Economía
Social, o bien, en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los siguientes
documentos mediante escrito dirigido a la Subdirección General de Recursos Humanos e
Inspección General de Servicios del Ministerio de Trabajo y Economía Social (Paseo de
la Castellana, 63, 28046 Madrid):

Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación, o del examen de esta se dedujera que se carece de alguno de los requisitos
señalados en el punto décimo de la citada Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, no podrán ser
nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Por Resolución de la autoridad convocante se procederá al nombramiento como
funcionarios en prácticas de los aspirantes que han superado la fase de oposición. En la
Resolución se determinará la fecha en la que empezará a surtir efecto dicho
nombramiento, así como la fecha de inicio del curso selectivo.
Los funcionarios en prácticas percibirán sus retribuciones con arreglo a lo dispuesto
en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, modificado por el Real Decreto 213/2003,
de 21 de febrero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de este último Real

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a) Copia auténtica del documento nacional de identidad.
b) Copia auténtica del título exigido en la Base 3.1 de la citada Resolución de
convocatoria del proceso selectivo, o certificación académica que acredite haber
realizado, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, todos los
estudios necesarios para su obtención.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, fotocopia compulsada de la
credencial que acredite la homologación que corresponda.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de
funciones públicas, según el modelo que figura como anexo II a la presente Resolución.