II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-20962)
Resolución de 23 de noviembre de 2022, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral de la categoría de Técnico Especialista-Técnico Monitor en Educación Física, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Lunes 12 de diciembre de 2022

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

UNIVERSIDADES
Resolución de 23 de noviembre de 2022, de la Universidad de Oviedo, por la
que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de
acceso libre, de plaza de personal laboral de la categoría de Técnico
Especialista-Técnico Monitor en Educación Física, en el marco de
estabilización de empleo temporal.

Con el propósito de minorar las altas tasas de temporalidad en el sector público,
situando la tasa de cobertura temporal por debajo del ocho por ciento de las plazas
estructurales, es aprobada la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes
para la reducción de la temporalidad en el empleo público (LMURT). Dado su carácter
básico, y con la finalidad de armonizar los procesos de estabilización, en fecha 1 de abril
de 2022, es aprobada la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública
sobre orientaciones para la puesta en marcha de los mentados procesos, cuyo objetivo
es servir de guía a las diferentes Administraciones Públicas, sin perjuicio de la
competencia correspondiente a la Administración convocante y con respeto a la potestad
de auto organización de cada Administración. El seguimiento de dichas orientaciones ha
permitido determinar claramente las plazas a ofertar, establecer un baremo marco para
todas las convocatorias, acumular los ejercicios cuando el proceso de estabilización se
realiza a través de un concurso oposición y adoptar medidas encaminadas a dar
celeridad al desarrollo de los procesos selectivos, tales como la reducción de los plazos
a la mitad o la puesta a disposición de los aspirantes del tramitador electrónico de la
Universidad para favorecer la presentación de instancias y evitar su dispersión.
De conformidad con el mandato de la LMURT, cuando señala que «se tendrá en
cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de
que se trate (…)», se valora la experiencia acreditada en cualquier administración,
incluyendo la de otro cuerpo o escala con funciones que pudieran considerarse análogas
o similares, no obstante, se hace diferenciando la puntuación en un rango de
proporcionalidad atendiendo a la justificación objetiva y razonable con las funciones a
desempeñar en el contexto universitario, toda vez que resulta también objetivable que,
en el marco de la autonomía universitaria, se dispone de una estructura organizacional,
normativa y procedimientos específicos cuyo conocimiento y desempeño han de
considerarse en su singularidad/especialización –incluso por universidad- y, todo ello, a
su vez, dentro del planteamiento de resolver una situación singular y derivada de un
proceso único, excepcional e irrepetible.
Así, procede señalar que en los procesos por concurso-oposición, tal como
determina la LMURT, la puntuación de la fase de oposición corresponde en un 60 por
ciento de la nota final y la de concurso en un 40 por ciento de la misma (entre los que
deben considerarse los méritos académicos), por lo que esta fase no determina por sí
misma el aprobado en el proceso selectivo, máxime cuando los ejercicios de la fase de
oposición son eliminatorios.
En el mismo sentido, procede señalar que en los procesos por concurso la
puntuación corresponde en un 60 por ciento a méritos profesionales y un 40 por ciento a
méritos académicos, con lo cual se pondera el peso en la puntuación final del apartado
profesional.
En dicho contexto normativo, que tiene naturaleza excepcional, y en ejecución de la
oferta de empleo público de estabilización de la Universidad de Oviedo, aprobada por
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 25 de mayo de 2022, publicado en el BOPA

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