I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Convenios. (BOE-A-2022-20903)
Ley 10/2022, de 7 de noviembre, por la que se autoriza a la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco a suscribir un convenio con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, para la integración del Conservatorio Municipal de Danza José Uruñuela.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Lunes 12 de diciembre de 2022

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I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
20903

Ley 10/2022, de 7 de noviembre, por la que se autoriza a la Administración
General de la Comunidad Autónoma del País Vasco a suscribir un convenio
con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, para la integración del Conservatorio
Municipal de Danza José Uruñuela.

Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento
Vasco ha aprobado la Ley 10/2022, de 7 de noviembre, por la que se autoriza a la
Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco a suscribir un
convenio con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, para la integración del Conservatorio
Municipal de Danza José Uruñuela.

La disposición adicional trigésima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, indica que «las comunidades autónomas podrán integrar en la respectiva red
de centros docentes públicos, de acuerdo con la forma y el procedimiento que se
establezca mediante ley de sus parlamentos, los centros de titularidad de las
administraciones locales que cumplan los requisitos establecidos en la ley, atiendan
poblaciones escolares de condiciones socioeconómicas desfavorables o que
desempeñen una reconocida labor en la atención a las necesidades de escolarización,
siempre que las administraciones locales manifiesten su voluntad de integrarlos en dicha
red».
El artículo 16 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco atribuye a la Comunidad
Autónoma competencia en materia de enseñanza en toda su extensión, niveles y grados,
modalidades y especialidades, sin perjuicio del artículo 27 de la Constitución y las leyes
orgánicas que lo desarrollen y de las facultades que atribuye al Estado el
artículo 149.1.30 de la Constitución.
Por su parte, el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz es titular del Conservatorio
Municipal de Danza José Uruñuela, el único centro que imparte enseñanzas elementales
y profesionales de danza en la Comunidad Autónoma Vasca, contando con habilitación
competencial para la suscripción de convenios, tal y como dispone el artículo 100 de la
Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi.
La previsión establecida en la disposición adicional trigésima de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, junto con la mencionada singularidad del
Conservatorio Municipal de Danza José Uruñuela, justifican el impulso de esta ley, de
carácter singular debido a la inexistencia de instrumentos normativos ordinarios
conducentes al fin que persigue.
Asimismo, ambas administraciones tienen voluntad de integrar el citado centro
docente en la red de centros públicos de enseñanza de la Comunidad Autónoma de
Euskadi. La forma de integración será a través de un convenio, que recogerá las
condiciones y el procedimiento de la misma, siendo el objeto de esta ley autorizar a la
Administración educativa para la suscripción del convenio.
Artículo único.
Se autoriza a la Administración general de la Comunidad Autónoma del País Vasco a
suscribir un convenio con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz para la integración del
Conservatorio Municipal de Danza José Uruñuela en la red de centros docentes públicos
dependientes del Departamento de Educación del Gobierno Vasco.

cve: BOE-A-2022-20903
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