II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Funcionarios de los Subgrupos A1 y A2. (BOE-A-2022-20822)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Viernes 9 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 169205

El tiempo de permanencia en la situación administrativa de excedencia por cuidado
de familiares regulado en el artículo 89.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, se considerará como de prestación de servicios efectivos.
3.

Cursos de formación o perfeccionamiento.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán hasta un máximo de 10
puntos, independientemente del grupo o subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala
en el que se hayan impartido o recibido.
Los cursos susceptibles de valoración serán los impartidos o recibidos en el marco
del Acuerdo de formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros
oficiales de idiomas, así como los que estén incluidos en los Planes o Programas de
Formación interna de los Departamentos u Organismos, no pudiéndose valorar los
pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos
selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares.
Además, respecto de los cursos impartidos y recibidos, únicamente serán objeto de
valoración cuando aparezcan reflejados en el certificado de méritos generales. En caso
de que no figure la duración de los cursos y la fecha de realización no podrán ser objeto
de valoración.
Se otorgará, por la realización como asistente de los cursos de formación y
perfeccionamiento con una duración mínima acreditada de 15 horas, siempre que se
haya expedido diploma o certificado de asistencia o de aprovechamiento: 3 puntos por
curso. Se otorgará una puntuación adicional de 0,25 puntos a los cursos con una
duración superior a veinticinco horas.
Por la impartición de cursos de formación y perfeccionamiento con una duración
mínima acreditada de dos horas: 3 puntos por curso.
La puntuación máxima por los cursos impartidos y recibidos no podrá superar los 9
puntos.
Por cada materia de las especificadas en el área de conocimiento solo podrá ser
valorado un curso, independientemente del número de cursos que sobre ella se hayan
recibido o impartido.
En el caso de haberse recibido o impartido más de un curso sobre una misma
materia se valorará el que otorgue mayor puntuación a la persona participante
Dada la naturaleza transversal de la formación en materia de igualdad entre mujeres
y hombres, se otorgará para todos los puestos que se incluyen en la convocatoria, una
valoración de 1 punto a los cursos de formación en esta materia, siempre que su
duración sea de quince o más horas.
El plazo máximo de validez de los cursos será de diez años inmediatamente
anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Antigüedad.

La antigüedad se valorará de la forma que se expresa a continuación,
independientemente del grupo u subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala en el que
se haya adquirido: 0,67 puntos por cada año completo de servicio, hasta un máximo
de 20 puntos.
Computándose a estos efectos los servicios prestados con anterioridad a la
adquisición de la condición de funcionario o funcionaria de carrera, siempre que los
tuviera reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, y
siempre que estén certificados en el anexo correspondiente al certificado de méritos. La
antigüedad que no conste en dicho anexo no se considerará a efectos de su valoración.
No se tendrán en cuenta los servicios prestados simultáneamente con otros
igualmente alegados.

cve: BOE-A-2022-20822
Verificable en https://www.boe.es

4.