II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Funcionarios de los Subgrupos A1 y A2. (BOE-A-2022-20822)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Viernes 9 de diciembre de 2022

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El incumplimiento de lo dispuesto en los párrafos anteriores podrá ser causa de
exclusión de la participación en el concurso.
2. Los funcionarios y las funcionarias con alguna discapacidad reconocida podrán
pedir la adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la
solicitud se deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la
materia, que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el
desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La
compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se
valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él.
3. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncian en este
concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos exigidos,
podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus solicitudes, por
razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan destino en ese
concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición
de los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando vigente el resto de sus
solicitudes.
Los funcionarios y las funcionarias que se acojan a esta petición condicional deberán
concretarlo en su solicitud (anexo III) y acompañar fotocopia de la petición de la otra
persona solicitante.
No podrán solicitarse plazas condicionadas respecto a la localidad en la que ya se
encuentre destinada con carácter definitivo alguna de las personas peticionarias.
Cuarta. Baremo de valoración.

I.

Primera fase: Méritos generales.

1.

Valoración del grado personal consolidado.

El grado personal consolidado como personal funcionario de carrera, en el Cuerpo o
Escala desde el que se participa, se valorará en sentido positivo en función de su
posición en el intervalo del Cuerpo o Escala correspondiente hasta un máximo de 10
puntos de la siguiente forma:
Por un grado personal superior al nivel del puesto al que se concursa: 10 puntos.
Por un grado personal igual al nivel del puesto al que se concursa: 8 puntos.
Por un grado personal inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa:
6 puntos
Por un grado personal inferior en más de dos niveles al del puesto al que se
concursa: 4 puntos.

cve: BOE-A-2022-20822
Verificable en https://www.boe.es

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de
presentación de instancias. Sin perjuicio de lo anterior, el certificado de méritos podrá
aportarse fuera del plazo de presentación de solicitudes, siempre que se aporte el
justificante de su solicitud formulada en plazo.
La valoración de los puestos de trabajo que hayan sido reclasificados en su nivel de
complemento de destino durante la tramitación de este concurso se realizará teniendo en
cuenta las características del puesto a fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, independientemente de la fecha de su reclasificación o de los posibles
efectos retroactivos que se reconozcan en la misma.
El presente concurso específico consta de dos fases. En la primera de ellas se
valorarán los méritos generales y en la segunda los méritos específicos adecuados a las
características del puesto.
Para poder obtener un puesto de trabajo en el concurso habrá de alcanzarse una
valoración mínima de 15 puntos en la primera fase y de 10 puntos en la segunda. Los
participantes que en la primera fase no obtengan la puntuación mínima exigida no
podrán pasar a la segunda.
La valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo: