II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-20840)
Resolución de 18 de noviembre de 2022, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de Administrativo PB y Oficial de Servicios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Viernes 9 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 169365

Los puestos de trabajo, encuadrados en el nivel C, que son objeto de las presentes
convocatorias, una por puesto de trabajo, son los siguientes:
– Administrativo PB.
– Oficial de Servicios.
Cada puesto de trabajo será objeto de un proceso selectivo independiente, que se
regirá por las bases de la presente resolución.
2.

Requisitos

2.1 Para ser admitidas al procedimiento excepcional de concurso de méritos, las
personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.2 Los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo
de presentación de solicitudes y hasta la toma de posesión de la plaza.
2.3 Los requisitos anteriores deberán acreditarse por las personas aspirantes en el
momento que se determina en las bases de la presente convocatoria.
2.4 No podrán concurrir al procedimiento selectivo de ingreso que se convoca para
estabilización de empleo temporal en cada puesto de trabajo aquellas personas
empleadas que ostenten la condición de personal fijo en el mismo puesto de trabajo, en
la Universidad Pública de Navarra, objeto de la convocatoria.
Las personas que no cumplan este requisito no podrán ser nombradas, quedando
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran
haber incurrido por falsedad en su solicitud.

cve: BOE-A-2022-20840
Verificable en https://www.boe.es

a) Tener la nacionalidad española, la nacionalidad de un Estado miembro de la
Unión Europea o la nacionalidad de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los
Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, que
contemplen la libre circulación de trabajadores.
También podrá participar quien sea cónyuge de personas con nacionalidad española,
con nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o con nacionalidad de los
Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados,
siempre que no medie separación de derecho, así como los descendientes de éstos y los
descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, que sean
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Bachillerato, Formación Profesional de Segundo
Grado o título declarado equivalente a alguno de los anteriores, o del resguardo de haber
satisfecho los derechos para su expedición, en la fecha en que termine el plazo de
presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión del
correspondiente certificado de equivalencia o de la credencial que acredite, en su caso,
la homologación.
d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las
correspondientes funciones.
e) No hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas y
no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.
Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar,
igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en
su Estado, el acceso a la función pública.
f) Haber abonado la tasa por derecho de participación establecida en la presente
convocatoria o acreditar la exención del pago. Se abonará una tasa por cada
procedimiento excepcional de concurso de méritos, uno por cada puesto de trabajo, al
que se aspira.