III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Becas. (BOE-A-2022-20869)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se conceden becas para la realización de actividades de formación, información y divulgación relacionadas con su ámbito de actuación, convocadas por Resolución de 1 de julio de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Viernes 9 de diciembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA
20869

Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Presidencia de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se conceden becas
para la realización de actividades de formación, información y divulgación
relacionadas con su ámbito de actuación, convocadas por Resolución de 1 de
julio de 2022.

La Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Presidencia de la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia (BOE del 14 de junio), establece las bases reguladoras
de las 14 becas que luego fueron convocadas mediante Resolución de 1 de julio de 2022
de esta Comisión.
Con fecha 24 de agosto de 2022 se publicó la Relación provisional de solicitudes
admitidas y excluidas de las becas, otorgando a las personas interesadas un plazo de 10
días hábiles para formular alegaciones.
El día 5 de octubre de 2022 se aprobó la Resolución de la Presidencia de la CNMC
por la que se concedían las becas, publicada en el BOE núm. 249 de 17 de octubre.
Posteriormente, mediante Resolución de 25 de noviembre de 2022, de la Presidencia
de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (BOE núm. 287 de 30 de
noviembre), se revocó la Resolución de 5 de octubre de 2022 por la que se conceden las
becas y se ordenó retrotraer el procedimiento al momento previo a la valoración de los
criterios por parte de la Comisión de Valoración.
En atención a lo anterior, la Comisión de valoración ha elevado al órgano instructor la
nueva propuesta conforme a la cual he resuelto:
Primero.
Hacer pública la Resolución definitiva de concesión de las becas, con indicación de
las puntuaciones obtenidas por las personas seleccionadas y por las suplentes, para
cada uno de los códigos de las modalidades de beca convocadas.
Segundo.
La incorporación de las personas adjudicatarias deberá efectuarse dentro de los 5
días hábiles a partir del siguiente a la publicación en el BOE de la presente Resolución.
Tercero.
La cuantía de cada beca queda establecida en 1.100 euros brutos mensuales, de
acuerdo con el artículo 3 de las Bases reguladoras de las mismas.

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Quinto.
Aquellas personas candidatas que hayan solicitado más de un código de la misma o
distinta modalidad y obtenido una beca en alguna de ellas, no aparecen en la lista de
suplentes del resto de modalidades solicitadas.

cve: BOE-A-2022-20869
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.