III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2022-20793)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para el desarrollo del marco de cooperación interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia, y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Jueves 8 de diciembre de 2022
b)

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Mejora en las prestaciones y servicios del SAAD en forma de:

– Incremento de las intensidades en los servicios y las prestaciones respecto a los
mínimos fijados en el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan
las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia,
establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
– Reconocimiento de compatibilidades de servicios entre sí y de servicios con las
prestaciones económicas.
– Mejora y fomento del servicio de teleasistencia, incremento de su cobertura a la
población en situación de dependencia susceptible de recibir dicho servicio y mejora de
la calidad y cobertura del servicio en forma de «teleasistencia avanzada».
– Adecuación de los servicios, de su acreditación y funcionamiento al modelo de
cuidados representado de Atención Integral Centrada en la Persona en consonancia con
el vigente Acuerdo de Acreditación y Calidad de centros y servicios.
– Financiación de las entidades locales en su ámbito territorial para la adecuación y
mejora de los servicios que presten a las personas en situación de dependencia.
c) Mejoras en la capacitación y condiciones laborales de las personas trabajadoras
en el SAAD mediante:
– Incremento de los conciertos en la prestación de servicios por parte de entidades
privadas debidamente acreditadas que redunden en la mejora de la calidad de los
servicios y en la calidad del empleo.
– Planes específicos de formación de trabajadores y trabajadoras y gastos derivados
de la formación para la profesionalización del sector.
d) Cualesquiera otras que vayan dirigidas al cumplimiento de las actuaciones
contenidas y los acuerdos derivados del Plan de Choque en dependencia y que deberán
constar en el anexo I de este convenio.
3. De conformidad con los términos recogidos en la disposición adicional tercera de
la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, también se podrán financiar con cargo a los créditos
a que se refiere la cláusula segunda, en lo relativo a la aportación de la Comunidad
Autónoma a la financiación del nivel acordado, ayudas económicas con el fin de facilitar
la autonomía personal, destinadas a apoyar a la persona con ayudas técnicas o
instrumentos necesarios para el normal desenvolvimiento de su vida ordinaria, y a
facilitar la accesibilidad y adaptaciones en el hogar que contribuyan a mejorar su
capacidad de desplazamiento en la vivienda.
Objetivos a cumplir por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

1. En cumplimiento de lo recogido en el «Acuerdo para la Puesta en Marcha del
Plan de Choque para el Impulso del Sistema para la Autonomía y la Atención a la
Dependencia», adoptado en el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema
para la Autonomía y Atención a la Dependencia, los convenios de desarrollo del Marco
de Cooperación Interadministrativa recogerán los objetivos, medios y recursos para la
mejora de los servicios y prestaciones del Sistema, así como los indicadores que
resulten necesarios que permitan verificar su cumplimiento.
2. En el anexo I del presente convenio se recogen los objetivos y las actuaciones
que componen el compromiso de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para el
año 2022, así como los indicadores de verificación del cumplimiento de los mismos.
Dichas actuaciones pueden ser continuidad de las ya iniciadas en 2021.
3. El grado de cumplimiento de los citados objetivos, podrá constituir un criterio de
reparto de la asignación relativa al nivel acordado correspondiente al ejercicio 2023, de
acuerdo con las previsiones al respecto del Marco de Cooperación Interadministrativa
que sea aprobado en dicho ejercicio y previo acuerdo del Consejo Territorial.

cve: BOE-A-2022-20793
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.