III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2022-20791)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la segunda Adenda de modificación del Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Gallego de Salud, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Jueves 8 de diciembre de 2022

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siguientes con el número de personas adscritas y la contraprestación económica
mensual correspondiente a los anexos I y II, cuantificándose por cada mutualidad en
función del respectivo colectivo a 1 de mayo del año anterior.
Cuarto.
Por su parte, la cláusula décima permite la modificación del contenido del Convenio
por mutuo acuerdo de las partes.
Quinto.
Para el año 2023 no se considera necesario modificar las localidades de los anexos I
y II vigentes en al año 2022.
Por lo expuesto anteriormente, las partes suscriben la presente Adenda de
modificación, con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Se actualizan para 2023 los anexos III y IV del Convenio entre la Mutualidad General
de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la
Mutualidad General Judicial y el Servicio Gallego de Salud para la prestación en zonas
rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios
adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas
mutualidades. El resto del Convenio permanecerá con el mismo contenido.
Segunda.
Los anexos III y IV actualizados para 2023 son los que se anexan a este documento
y contienen el coste mensual para el año 2023, calculado en base al número de
mutualistas y beneficiarios de cada grupo residentes en cada tipo de municipio a fecha 1
de mayo de 2022. Aunque los anexos I y II no han sufrido ninguna modificación, se
incluyen en esta Adenda en aras de facilitar la difusión del contenido de los mismos para
facilitar su aplicación.
Tercera.

Y, en prueba de conformidad con el contenido de la presente Adenda, las partes la
firman electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes,
entendiéndose que el día de su firma es aquel en que la misma sea suscrita por el último
de los firmantes.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado, Myriam Pallarés Cortón.–El Secretario General Gerente del Instituto Social
de las Fuerzas Armadas, José Javier Rodrigo de Azpiazu.–El Gerente de la Mutualidad
General Judicial, José Juan Tomás Porter.–El Conselleiro de Sanidad de la Xunta de
Galicia y Presidente del Servicio Galego de Saúde, Julio García Comesaña.

cve: BOE-A-2022-20791
Verificable en https://www.boe.es

La presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes, y adquirirá eficacia el 1 de enero de 2023, una vez inscrita en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal
de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 y en la disposición adicional
séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Estatal, debiendo ser publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización
en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).