II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Cuerpo de Inspectores del SOIVRE. (BOE-A-2022-20681)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Miércoles 7 de diciembre de 2022
9.
9.1

Sec. II.B. Pág. 167908

Tribunal

Composición:

a. El Tribunal calificador es el que figura como anexo III a esta convocatoria y
actuará con sujeción a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y a las demás disposiciones vigentes.
b. El órgano convocante publicará un breve currículum profesional de las personas
que forman parte del tribunal en el Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es) y en la página web del Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo (http://www.mincotur.gob.es).
9.2

Igualdad de oportunidades:

a. El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por
el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
b. El Tribunal adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con
discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud poder participar en las pruebas
de proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de los participantes.
9.3

Transparencia:

a. El Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia.
b. En las actas de sus sesiones dejará constancia de todo acuerdo que afecte a la
determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará de acuerdo con
los Reales Decretos 636/2021, de 27 de julio, y 407/2022, de 24 de mayo, y con la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio.
9.4

Actuación del Tribunal:

9.5 Descentralización de las pruebas y de la lectura de los ejercicios: Se faculta al
Tribunal para adoptar las medidas, instrucciones o resoluciones necesarias para
descentralizar la realización de las pruebas selectivas y para realizar por medios
electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, las pruebas selectivas y la lectura
de los ejercicios. El Tribunal informará a los aspirantes con suficiente antelación de los
medios técnicos que se utilizarán en cada caso.
9.6 Asesores: El Tribunal podrá disponer de los asesores especialistas que
consideren necesarios para los ejercicios de idiomas.
9.7 Publicidad y comunicaciones:
a. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, Subdirección General de Planificación y
Gestión de Recursos Humanos, paseo de la Castellana, 160-4.ª planta, 28046 Madrid,
teléfonos (+34) 913494517, 913494270 y 913494886, dirección de correo electrónico:
rrhh_proc_selectivos@mincotur.es.

cve: BOE-A-2022-20681
Verificable en https://www.boe.es

a. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
b. El Tribunal podrá requerir la acreditación de la identidad de los aspirantes en
cualquier momento del proceso selectivo.
c. Si en cualquier momento del procedimiento el Tribunal tuviera conocimiento de
que algún aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, lo podrá en conocimiento de la autoridad
convocante a fin de que resuelva sobre su exclusión del proceso selectivo.
d. Los miembros titulares y suplentes del Tribunal podrán actuar indistinta o
conjuntamente en aras de su mejor funcionamiento.