III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-20699)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para la impartición de títulos de grado a personal de las escalas de suboficiales de las Fuerzas Armadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Miércoles 7 de diciembre de 2022

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y que, a tal efecto, el Ministerio de Defensa adoptará las medidas para facilitar el acceso
de los suboficiales a las titulaciones requeridas para dicho ingreso, potenciando la
promoción interna.
Segundo.
Que el artículo 55.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, establece que el
Ministerio de Defensa promoverá la colaboración con universidades, centros de
formación profesional e instituciones educativas, civiles y militares, nacionales o
extranjeras, para impartir determinadas enseñanzas o cursos y para desarrollar
programas de investigación, a través de conciertos u otro tipo de acuerdos.
Tercero.
Que el artículo 62.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, dispone que el Ministerio
de Defensa impulsará y facilitará los procesos de promoción que permitan el cambio de
escala de los militares profesionales que reúnan los requisitos exigidos, y en su caso,
dará facilidades para la obtención de las titulaciones del sistema educativo general
necesarias.
Cuarto.
Que desde el año 2014, los suboficiales que ingresan en los diferentes cuerpos de
las Fuerzas Armadas lo hacen tras haber cursado en la enseñanza militar de formación o
en el sistema educativo general, un título de formación profesional de grado superior, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
Quinto.
Que uno de los aspectos singulares de la institución militar es la dispersión
geográfica de sus unidades, lo que conlleva la obligada movilidad geográfica de sus
miembros, extremos que dificultan el acceso del personal de las escalas de suboficiales
a la obtención de títulos universitarios, dificultando su posibilidad de acceder a los
procesos de promoción.
Sexto.
Que es intención del Ministerio de Defensa impulsar la promoción de los suboficiales
a las escalas de oficiales estableciendo un nuevo cauce de acceso, con exigencia parcial
de créditos cursados de la titulación requerida para el ingreso en los cuerpos generales y
de Infantería de Marina, completando el título iniciado en la enseñanza militar de
formación, en los centros docentes militares designados para ello.

Que el Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento
de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas, señala en su preámbulo que se
establecerá un programa para la obtención de titulaciones de grado universitario en
colaboración con la Universidad Nacional de Educación a Distancia, institución que es la
más adecuada para desarrollar estas actividades ante la dispersión y movilidad
geográfica del personal de las Fuerzas Armadas.
Octavo.
Que el artículo 2 de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia, en adelante UNED, establece que la UNED ejercerá sus actividades en todo el
territorio nacional y en aquellos lugares del extranjero donde lo aconsejen razones
demográficas, culturales, educativas o investigadoras.

cve: BOE-A-2022-20699
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Séptimo.