III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-20700)
Orden TED/1211/2022, de 1 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas al impulso de la economía circular.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293
Miércoles 7 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 168128
Auditoría.
☐
Adquisición y creación de empresas.
☐
Adquisición de activos inmuebles (detallar).
☐
Ampliación de naves, adquisición y construcción de oficinas.
☐
Adquisición de materias primas secundarias.
☐
Gastos corrientes.
☐
Otros costes (especificar).
☐
Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
Los beneficiarios de las ayudas al impulso de la economía circular son personas jurídicas sujetas a derecho privado, independientemente del tamaño –PYME
y NO PYME), por lo que los elementos que son necesarios contrastar son los diferenciadores.
(1)
(2)
La entidad a la que representa se compromete a comunicar a la Administración que
conceda la ayuda la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad
procedentes de cualesquiera otras administraciones o entes públicos, nacionales o
internacionales en un plazo máximo de 15 días a contar desde la fecha en que tengan
conocimiento de su posible existencia y, en todo caso, con anterioridad a la justificación
de los fondos percibidos.
En ............................ a .... de ......................... de .......
(Firma)
ANEXO VI
Declaración de ausencia de conflicto de interés
Expediente:
Subvención: P03. Fomento de la economía circular en el ámbito de la empresa.
Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de subvención
«Concesión de ayudas al impulso de la economía circular» arriba mencionada, el/los
abajo firmante/s, como participante/s en la Convocatoria para la concesión de ayudas al
impulso de la economía circular para el año 2022,
DECLARA/N:
Primero.
Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom)
2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero
de la UE), establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y
objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de
afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o
indirecto de interés personal».
Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, establece que deberán abstenerse de intervenir en el
procedimiento «las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en
cve: BOE-A-2022-20700
Verificable en https://www.boe.es
Estar informado/s de lo siguiente:
Núm. 293
Miércoles 7 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 168128
Auditoría.
☐
Adquisición y creación de empresas.
☐
Adquisición de activos inmuebles (detallar).
☐
Ampliación de naves, adquisición y construcción de oficinas.
☐
Adquisición de materias primas secundarias.
☐
Gastos corrientes.
☐
Otros costes (especificar).
☐
Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
Los beneficiarios de las ayudas al impulso de la economía circular son personas jurídicas sujetas a derecho privado, independientemente del tamaño –PYME
y NO PYME), por lo que los elementos que son necesarios contrastar son los diferenciadores.
(1)
(2)
La entidad a la que representa se compromete a comunicar a la Administración que
conceda la ayuda la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad
procedentes de cualesquiera otras administraciones o entes públicos, nacionales o
internacionales en un plazo máximo de 15 días a contar desde la fecha en que tengan
conocimiento de su posible existencia y, en todo caso, con anterioridad a la justificación
de los fondos percibidos.
En ............................ a .... de ......................... de .......
(Firma)
ANEXO VI
Declaración de ausencia de conflicto de interés
Expediente:
Subvención: P03. Fomento de la economía circular en el ámbito de la empresa.
Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de subvención
«Concesión de ayudas al impulso de la economía circular» arriba mencionada, el/los
abajo firmante/s, como participante/s en la Convocatoria para la concesión de ayudas al
impulso de la economía circular para el año 2022,
DECLARA/N:
Primero.
Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom)
2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero
de la UE), establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y
objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de
afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o
indirecto de interés personal».
Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, establece que deberán abstenerse de intervenir en el
procedimiento «las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en
cve: BOE-A-2022-20700
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