III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-20700)
Orden TED/1211/2022, de 1 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas al impulso de la economía circular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Miércoles 7 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 168125

11. Criterio territorial y creación de empleo (hasta 6 puntos).

6

a) Si el proyecto requiere un nuevo emplazamiento de la actividad en municipios de menos de 5.000 habitantes, fuera de las ciudades o
zonas industriales, siempre que se motive adecuadamente y se ajuste al objeto de la subvención.

2

b.1) Generación de nuevo empleo6 (>10 trabajadores). Si se cumple con el subcriterio b.1) no se consideran los subcriterios b.2) y b.3).

4

b.2) Generación de nuevo empleo6 (6 a 10 trabajadores). Si se cumple con el subcriterio b.2) no se consideran los subcriterios b.1) y b.3).

3

b.3) Generación de nuevo empleo6 (1 a 5 trabajadores). Si se cumple con el subcriterio b.3) no se consideran los subcriterios b.1) y b.2).

2

Capacidad transformadora del proyecto (hasta 30 puntos)

30

12. Innovación (8 puntos).

8

Nuevas soluciones basadas en el conocimiento que, por medio del diseño y la tecnología, promuevan la puesta en el mercado de productos,
servicios y modelos de negocio métodos empresariales y de gestión que mejoren significativamente la eficiencia del uso de los recursos, la
reducción de la generación de residuos y la integración de las materias primas secundarias seguras y de alta calidad en el ciclo productivo
conforme a las orientaciones de la Estrategia Española de Economía Circular, favoreciendo la consecución de objetivos que ésta persigue y
donde el beneficio medioambiental previsto deberá ser notablemente superior a la mejora resultante de la evolución general del estado actual
de la técnica en actividades comparables.
El carácter innovador de la actividad deberá implicar un claro grado de riesgo, en términos tecnológicos, financieros o de mercado, mayor que
el riesgo generalmente asociado a actividades no innovadoras comparables.
No se considerarán innovadoras las actividades que introduzcan mejoras de poca importancia; el aumento de capacidades de producción o
de servicio mediante sistemas de fabricación o logística muy similares a los ya utilizados; los cambios en las prácticas empresariales basados
en métodos organizativos ya empleados por las empresas; los cambios de estrategia en la gestión, el abandono de un proceso; los cambios
derivados exclusivamente de variaciones del precio de los factores, la adaptación a clientes, los cambios periódicos de carácter estacional u
otros cambios cíclicos; el comercio de productos nuevos o significativamente mejorados y las concentraciones y adquisiciones.

8

13. Relevancia de la actuación (hasta 15 puntos).

15

Prevención: contribución del proyecto al principio de prevención de la jerarquía de residuos.

5

Preparación para la reutilización: contribución del proyecto al principio de preparación para la reutilización de la jerarquía de residuos.

4

Reciclado: contribución del proyecto al principio de reciclado de la jerarquía de residuos.

2

Trazabilidad datos, procesos.

2

Replicabilidad del proyecto.

2

14. Sinergias (7 puntos).

7

Incidencia significativamente positiva en otras políticas ambientales, estrategias, planes y programas.

7

Empresas que cumplen los criterios establecidos en el anexo I del Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014.
La experiencia quedará acreditada mediante declaración responsable de la entidad o a través de certificado de buena ejecución emitida por el cliente, que
indicará el importe, la fecha y el lugar de ejecución de la actuación, y si se llevó normalmente a buen término.
3
Tendrá consideración de personal de alta dirección aquellas que ejerciten poderes definidos en el art. 1. Dos del Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por
el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.
4
Certificado de exclusión social conforme a la disposición adicional segunda de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del
empleo y el contrato específico de inserción de conformidad de legislación vigente.
5
Documento COM (2020) 474 final «Resiliencia de las materias primas fundamentales: trazando el camino hacia un mayor grado de seguridad y sostenibilidad.
6
Por generación de empleo se entenderá todo el empleo generado en exclusiva y específicamente para la realización de la actividad objeto de la ayuda
conforme a la legislación vigente.
Las certificaciones de las normas técnicas deberán ser en la versión vigente en el momento de aplicación.
En el caso de las agrupaciones de beneficiarios, los criterios 2, 4, 5, 6 y 7 se valorarán según los datos de la entidad que acredite la solvencia técnica.
El criterio 3 se valora en función del código CNAE de la actividad principal sobre la que se van a ejecutar las acciones del proyecto.
El criterio 11 se valorará para el conjunto de las entidades integrantes de la agrupación.
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cve: BOE-A-2022-20700
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