III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2022-20644)
Resolución de 25 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la ampliación de la subestación de Requena en el parque de 400 kV, con una nueva posición para la evacuación de energía renovable, en Requena (Valencia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Martes 6 de diciembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 25 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la ampliación de la subestación de Requena en el parque
de 400 kV, con una nueva posición para la evacuación de energía renovable,
en Requena (Valencia).

La Dirección General de Política Energética y Minas emitió Resolución, con fecha 15
de marzo de 2007, por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad
Anónima» la subestación a 400 kV de «Requena», en el término municipal de Requena
(Valencia), y se declara su utilidad pública («Boletín Oficial del Estado» núm. 88 de 12 de
abril de 2007).
Red Eléctrica de España, SAU, en adelante Red Eléctrica, solicitó mediante escrito
recibido a 13 de julio de 2022, autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción de la ampliación de la subestación de Requena en el
parque de 400 kV, con una nueva posición para la evacuación de energía renovable, en
el término municipal de Requena, provincia de Valencia.
La ampliación de la subestación tiene como objeto facilitar el acceso a la red de
transporte de un agente, para la evacuación de energía eléctrica generada mediante
fuentes renovables, en el parque de 400 kV de la subestación de Requena.
Red Eléctrica suscribió declaración responsable recibida a fecha 12 de julio de 2022
que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, según se establece
en el artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
El expediente fue incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Valencia y se tramitó de conformidad con lo previsto en
el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con las disposiciones adicionales duodécima,
segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de
concesión de obras públicas, habiéndose solicitado, con fecha 20 de diciembre de 2022,
los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
El Servicio Territorial de Urbanismo en Valencia de la Consellería de Política
Territorial, Obras Públicas y Movilidad de la Generalitat Valenciana remitió escrito, con
fecha 18 de julio de 2022, en el que no manifiesta oposición al proyecto. Trasladado este
escrito a Red Eléctrica, esta manifestó su toma de razón al respecto.
El Ayuntamiento de Requena remitió informe técnico, con fecha 12 de agosto
de 2022, manifestando su conformidad al considerar la actuación compatible con el
planeamiento urbanístico. Trasladado el informe del Ayuntamiento de Requena a Red
Eléctrica, esta manifestó su toma de razón al respecto.
No se recibió contestación por parte del Servicio de Territorial de Ordenación del
Territorio de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad de la
Generalitat Valenciana, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo
dispuesto en los artículos 127.2 y 131.1 del referido Real Decreto 1955/2000.
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio

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