I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-20551)
Real Decreto 1008/2022, de 5 de diciembre, por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de un préstamo a la empresa Airbus Defence and Space, S.A.U., para el programa Euromale RPAS.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de diciembre de 2022

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Las cantidades que el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo entregará a ADS
en cumplimiento de la orden de concesión de préstamo que se derivará de este real
decreto y que serán transferidas por esta a la OCCAR, redundarán en beneficio de ADS
y en el conjunto de la industria aeronáutica española, puesto que se prevé que la
contratación de empresas españolas para participar en el programa sea equivalente a la
contribución financiera española para el mismo, es decir del 22 %.
ADS, como uno de los subcontratistas principales del programa, asume la ejecución
de ciertos trabajos en España, principalmente en sus plantas de Getafe, donde se
localiza la gestión y diseño de los paquetes españoles, y en Andalucía, donde se
fabricarán los componentes estructurales de los paquetes españoles y el montaje
preliminar de los sistemas. Un numeroso grupo de empresas españolas participarán en
los desarrollos necesarios para el programa. ADS fomentará en la medida de lo posible y
siempre en cumplimiento de sus procesos internos de compras la participación de
empresas españolas en el programa.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 998/2018, de 3 de agosto, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo,
corresponde a este Ministerio en el ámbito de las competencias de la Administración General
del Estado, el impulso, la dirección y el seguimiento de las acciones y programas
relacionados con la industria aeronáutica y de los demás sectores estratégicos. El apoyo
previsto en este real decreto se realiza en ejecución de esta competencia.
La concesión del préstamo previsto en este real decreto tiene carácter singular y no
es posible realizar convocatoria pública para su otorgamiento, dado que ADS es la única
entidad española que es socio accionarial e industrial del principal contratista del
programa, la alemana Airbus Defence and Space GmbH con la cual ha contratado
OCCAR, y uno de los subcontratistas principales del programa.
Además, el carácter del programa tanto desde el punto de vista de la mejora de
las capacidades de nuestras Fuerzas Armadas como desde el punto de vista de sus
repercusiones económicas e industriales, acreditan razones de interés público, social
y económico.
El artículo 129 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, establece que, en el ejercicio de la iniciativa
legislativa y la potestad reglamentaria, las administraciones públicas actuarán de
acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica,
transparencia y eficiencia.
Esta norma se adecua a los principios de necesidad y eficacia puesto que contribuye
a garantizar el suministro de este tipo de sistemas para satisfacer las necesidades
operativas de las Fuerzas Armadas. Por otra parte, dadas las elevadas inversiones
necesarias para acometer este proyecto, su realización sería imposible sin el apoyo de la
Administración en la financiación del mismo.
Es esta una norma que responde al principio de proporcionalidad, conteniendo la
regulación imprescindible para fijar las bases que regularán la concesión del préstamo
mediante una orden ministerial en la que se incluirán todas aquellas condiciones que
permitan asegurar la eficiencia y eficacia del mismo.
El principio de eficiencia se cumple, ya que al instrumentarse el préstamo por medio
de un real decreto que contempla una actuación plurianual, se evita la tramitación de
varias subvenciones nominativas anuales durante la duración del proyecto, dando al
mismo tiempo mayor seguridad a la empresa beneficiaria y permitiéndole planificar
correctamente el proyecto de forma global.
En relación con el principio de transparencia, el texto define claramente sus
objetivos, reflejados en su preámbulo y en la Memoria de Análisis de Impacto Normativo
que lo acompaña. Asimismo, en la memoria justificativa se explican con claridad los
motivos que justifican la concesión directa.
Esta norma no supone una vulneración del principio de seguridad jurídica y para
asegurarlo se han pedido todos los informes necesarios a los Servicios Jurídicos del Estado.

cve: BOE-A-2022-20551
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Núm. 292