III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-20640)
Orden TED/1204/2022, de 2 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para el programa de concesión de ayudas a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayo e infraestructuras portuarias para renovables marinas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 167671

dicho medio marino. Se podrá valorar también la incorporación de equipos de
monitorización que midan el impacto de las nuevas infraestructuras o demostradores
desplegados en el medio marino, así como la instalación en las nuevas infraestructuras
de energías renovables marinas de sensores para la monitorización de las principales
variables meteorológicas marinas, el contenido de calor del océano y el nivel del mar,
que permitan el seguimiento del cambio climático, implementar servicios en tiempo real a
través de alerta temprana de peligros oceánicos, y previsiones meteorológicas y mar.
Adicionalmente se podrá valorar la inclusión de elementos de «seguimiento pasivo» para
el seguimiento y monitorización de la biodiversidad marina y avifauna. La convocatoria
podría concretar otros elementos asociados a la generación de nuevos servicios en el
entorno marino.
Búsqueda de sinergias con otras actividades (acuicultura, pesca y/u otros): La
valoración de este criterio tendrá en consideración aquellas actuaciones que realicen
nuevas inversiones mediante la incorporación de equipamientos, la realización de
programas de ensayos, la prestación de nuevos servicios intersectoriales, que se
acrediten como avances en la consecución de una mayor compatibilidad de la plataforma
de ensayos y/o de los demostradores tecnológicos renovables marinos con otros usos y
actividades en el entorno marino. En cada convocatoria, en caso de incorporar este
criterio, se concretarán las actividades en el entorno marino para las que se valorará esa
mayor compatibilidad por parte del espacio ocupado por la plataforma marina o sus
proximidades. Entre estas actividades podrán encontrarse la acuicultura, la pesca u
otras.
Capacidad de ensayo simultáneo de demostradores tecnológicos: en los
subprogramas 1, 2 y 4 podrán concederse puntos por este criterio a aquellas
actuaciones que impliquen la creación o ampliación de capacidades de ensayo
simultáneo de demostradores tecnológicos renovables marinos en la plataforma por
encima del mínimo exigido en la convocatoria.
Ecodiseño y buenas prácticas de sostenibilidad medioambiental en la fabricación: en
los subprogramas 3 y 4, la valoración de este criterio podrá otorgar mayor puntuación a
aquellas actuaciones sobre los demostradores tecnológicos renovables marinos que
contemplen elementos de ecodiseño en la fabricación de componentes, o que justifiquen
la utilización de buenas prácticas de sostenibilidad medioambiental en la fabricación;
todo ello, según se concrete en la convocatoria, en su caso.
Replicabilidad y escalabilidad: en los subprogramas 3 y 4, la valoración de este
criterio podrá otorgar mayor puntuación a aquellas actuaciones asociadas a los
demostradores tecnológicos renovables marinos en función de su grado de replicabilidad
y escalabilidad, en los términos que se concreten en la convocatoria, en su caso.
Nivel de madurez tecnológica (TRL): en los subprogramas 3 y 4, la valoración de
este criterio podrá otorgar mayor puntuación a aquellas actuaciones asociadas a los
demostradores tecnológicos renovables marinos en función de su nivel de madurez
tecnológica del proyecto, en los términos que se concreten en la convocatoria, en su
caso.
3.

Externalidades positivas

Adecuación a la política autonómica: la evaluación de este criterio, en su caso, se
realizará en función de la presentación de un Informe del Gobierno de la comunidad
autónoma cuyo ámbito territorial sea más próximo a las aguas en las que se emplaza o
emplazará la plataforma de ensayos que será objeto de la actuación, relativo a la
adecuación del proyecto a las prioridades de la política autonómica.
Generación de empleo: se podrán valorar con mayor puntuación aquellas
actuaciones que cumplan con un impacto positivo en la generación de empleo.
Impacto en cadena de valor: se podrán valorar con mayor puntuación aquellas
actuaciones que cumplan con que el origen de fabricación y/o ensamblaje de los equipos
e instalaciones principales que se instalen, así como el origen de la prestación de

cve: BOE-A-2022-20640
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Núm. 292