III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-20640)
Orden TED/1204/2022, de 2 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para el programa de concesión de ayudas a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayo e infraestructuras portuarias para renovables marinas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Martes 6 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 167646
Los beneficiarios que opten a las ayudas reguladas por esta orden deberán adjuntar,
junto con la solicitud correspondiente, una memoria del proyecto, conforme al contenido
que se especificará en la convocatoria correspondiente.
El formulario de solicitud, la memoria y documentación a aportar con la misma,
deberán presentarse en castellano, excepto la documentación de carácter oficial que
pueda ser expedida por una Administración pública en relación con las tramitaciones que
le competan, que podrá figurar en cualquiera de las lenguas cooficiales del Estado en el
ámbito territorial de ejercicio de sus competencias.
Para formular la solicitud, además de completar el correspondiente formulario con los
datos requeridos, se deberá aportar, a través de la sede electrónica, como mínimo, la
siguiente documentación:
i.
Para todos los subprogramas:
a)
a.1)
En función del tipo de beneficiario:
Para personas jurídicas públicas:
Deberán aportar copia del certificado acreditativo de la resolución o acuerdo del
órgano de gobierno o de representación competente de la entidad solicitante en el que,
de forma expresa, se aprueben:
1.º La participación y aceptación expresa del procedimiento regulado por esta
orden.
2.º El compromiso para dotar presupuestariamente el mismo (en las anualidades
correspondientes, si fuera el caso). Dicho compromiso podrá condicionarse a la
obtención de la resolución de concesión de ayuda, así como del anticipo o pago a cuenta
que sobre la misma pueda concederse.
Deberán aportar copia de escrituras de constitución y estatutos vigentes, el
certificado de inscripción en el Registro Mercantil o el registro público que corresponda,
la inscripción en el censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores; así como el
poder de representación del firmante de la proposición.
b) Formulario de solicitud de ayuda: generado desde los medios electrónicos
especificados en la convocatoria correspondiente. Tras cubrir todos los campos
obligatorios del formulario será firmado electrónicamente por el solicitante.
c) Memoria del proyecto, que deberá ajustarse al contenido mínimo que, en su
caso, se establezca en la correspondiente convocatoria para cada uno de los
subprogramas, de acuerdo con el formato y modelo del documento disponible en la
página web del IDAE, www.idae.es, la memoria deberá de estar firmada, fechada y
referenciada por técnico titulado competente.
d) En su caso, de acuerdo a la convocatoria correspondiente y al subprograma,
informe favorable para la Declaración de Impacto Ambiental o figura ambiental
equivalente del proyecto, o documento administrativo que lo exima de tal trámite
medioambiental. Para que los documentos nombrados anteriormente sean válidos, será
condición necesaria que estén vigentes en el momento de la presentación de la solicitud.
e) Otros elementos que se definan en la convocatoria de la ayuda.
f) Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal donde conste el NIF de la persona
jurídica, así como el NIF o NIE de su representante. No será necesaria su aportación si
el interesado presta su consentimiento expreso para que sus datos de identidad personal
puedan ser consultados por el órgano instructor mediante el Sistema de Verificación de
Datos de Identidad que cada comunidad autónoma y ciudad de Ceuta y Melilla pudiera
tener establecido. No obstante, conforme a lo establecido por el artículo 28 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, se eximirá a los interesados de la presentación de
cve: BOE-A-2022-20640
Verificable en https://www.boe.es
a.2) Para personas jurídicas privadas, incluidos consorcios o agrupaciones
empresariales con personalidad jurídica propia:
Núm. 292
Martes 6 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 167646
Los beneficiarios que opten a las ayudas reguladas por esta orden deberán adjuntar,
junto con la solicitud correspondiente, una memoria del proyecto, conforme al contenido
que se especificará en la convocatoria correspondiente.
El formulario de solicitud, la memoria y documentación a aportar con la misma,
deberán presentarse en castellano, excepto la documentación de carácter oficial que
pueda ser expedida por una Administración pública en relación con las tramitaciones que
le competan, que podrá figurar en cualquiera de las lenguas cooficiales del Estado en el
ámbito territorial de ejercicio de sus competencias.
Para formular la solicitud, además de completar el correspondiente formulario con los
datos requeridos, se deberá aportar, a través de la sede electrónica, como mínimo, la
siguiente documentación:
i.
Para todos los subprogramas:
a)
a.1)
En función del tipo de beneficiario:
Para personas jurídicas públicas:
Deberán aportar copia del certificado acreditativo de la resolución o acuerdo del
órgano de gobierno o de representación competente de la entidad solicitante en el que,
de forma expresa, se aprueben:
1.º La participación y aceptación expresa del procedimiento regulado por esta
orden.
2.º El compromiso para dotar presupuestariamente el mismo (en las anualidades
correspondientes, si fuera el caso). Dicho compromiso podrá condicionarse a la
obtención de la resolución de concesión de ayuda, así como del anticipo o pago a cuenta
que sobre la misma pueda concederse.
Deberán aportar copia de escrituras de constitución y estatutos vigentes, el
certificado de inscripción en el Registro Mercantil o el registro público que corresponda,
la inscripción en el censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores; así como el
poder de representación del firmante de la proposición.
b) Formulario de solicitud de ayuda: generado desde los medios electrónicos
especificados en la convocatoria correspondiente. Tras cubrir todos los campos
obligatorios del formulario será firmado electrónicamente por el solicitante.
c) Memoria del proyecto, que deberá ajustarse al contenido mínimo que, en su
caso, se establezca en la correspondiente convocatoria para cada uno de los
subprogramas, de acuerdo con el formato y modelo del documento disponible en la
página web del IDAE, www.idae.es, la memoria deberá de estar firmada, fechada y
referenciada por técnico titulado competente.
d) En su caso, de acuerdo a la convocatoria correspondiente y al subprograma,
informe favorable para la Declaración de Impacto Ambiental o figura ambiental
equivalente del proyecto, o documento administrativo que lo exima de tal trámite
medioambiental. Para que los documentos nombrados anteriormente sean válidos, será
condición necesaria que estén vigentes en el momento de la presentación de la solicitud.
e) Otros elementos que se definan en la convocatoria de la ayuda.
f) Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal donde conste el NIF de la persona
jurídica, así como el NIF o NIE de su representante. No será necesaria su aportación si
el interesado presta su consentimiento expreso para que sus datos de identidad personal
puedan ser consultados por el órgano instructor mediante el Sistema de Verificación de
Datos de Identidad que cada comunidad autónoma y ciudad de Ceuta y Melilla pudiera
tener establecido. No obstante, conforme a lo establecido por el artículo 28 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, se eximirá a los interesados de la presentación de
cve: BOE-A-2022-20640
Verificable en https://www.boe.es
a.2) Para personas jurídicas privadas, incluidos consorcios o agrupaciones
empresariales con personalidad jurídica propia: