III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Sector público. Sedes. (BOE-A-2022-20638)
Orden PCM/1202/2022, de 5 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de diciembre de 2022, por el que se determina la sede física de la futura Agencia Espacial Española.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de diciembre de 2022

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– La candidatura de Huelva presenta buenos informes de impacto y ofrece una sede
física sobre la que hay que realizar importantes acciones de adecuación de espacios y
seguridad. Las conexiones internacionales son vía aeropuertos de Sevilla y Faro, a más
de una hora de desplazamiento desde la sede propuesta. Se presenta apoyo para el
traslado de expedientes educativos, pero no hay una descripción detallada de ayudas
económicas directas al traslado del futuro personal de la Agencia.
– La candidatura de León presenta un excelente estudio de impacto económico y el
apoyo prioritario de su comunidad autónoma. León propone una sede en edificio singular
y exclusivo para la Agencia, aunque no describe el apoyo financiero para posible
adaptación y gastos. La candidatura de León presenta conexiones internacionales
deficientes basándose las mismas en las conexiones por AVE a Madrid y vuelo a
Barcelona. No ha presentado ayudas económicas concretas al traslado del personal de
la agencia y tampoco hay una presencia relevante del sector espacial en la ciudad.
– La candidatura de Ourense presenta una sede que necesitaría una adaptación
para adecuarla a las necesidades de la Agencia y trasladar fuera las actividades que se
desarrollan en ella actualmente. No existe apoyo para el sostenimiento de la sede y de
su adecuación. No tiene un aeropuerto con las conexiones requeridas a menos de una
hora de viaje. Tampoco presenta Ourense una actividad significativa en el sector
espacial, ni en el ámbito empresarial ni en el ámbito de la investigación. No se evidencia
tampoco el apoyo de la comunidad autónoma.
– La candidatura de Palencia ofrece un gran edificio como sede, el antiguo colegio
de huérfanos de RENFE que, sin embargo, necesita obras de adaptación para
adecuarse a las necesidades específicas de la Agencia. Esta adecuación no se asume
en la propuesta por la localidad proponente. Palencia no tiene las condiciones de
conectividad que se exigen para la Agencia en cuanto a conexiones internacionales
aéreas, que deberían de realizarse por AVE a Madrid o vuelo a Barcelona desde
Valladolid. Tampoco existe una actividad relevante en el sector espacial, ni en el ámbito
empresarial ni en el ámbito de instituciones de investigación. No ofrece un paquete de
ayudas concretas para el personal trasladado. El apoyo de la Comunidad Autónoma no
es el prioritario.
– La candidatura de Puertollano presenta una limitada actividad espacial en la
ciudad. La sede propuesta no tiene descripción de sus características ni físicas ni de
seguridad, así como tampoco ofrece apoyo financiero para su sostenimiento y
adecuación. Por otra parte, no presenta ayudas al traslado de personal ni unos
detallados estudios de impacto. La conexión internacional dependería del aeropuerto de
Madrid, que está a más de una hora de viaje.
– La candidatura de Tenerife presenta una propuesta de sede con deficiente
especificación en cuanto a su adecuación y medidas de seguridad. No se destalla si la
sede propuesta es edificio separado o está compartido con otras instituciones. Tenerife
no presenta medidas concretas de apoyo al traslado de personal y no es prioridad
número uno de su comunidad autónoma.
– La candidatura de Teruel presenta como sede provisional plantas de un edificio
compartido del Gobierno regional en Teruel, sin especificar las características de
seguridad, físicas o adecuación de los espacios, así como la cobertura por parte de la
candidatura de los gastos correspondientes. La ciudad no tiene una presencia notable
del sector, ni instituciones de investigación relacionadas con el mismo. La ciudad no
presenta conexiones internacionales aéreas a los destinos identificados y deberían de
realizarse a través de aeropuertos a más de una hora de la sede.

cve: BOE-A-2022-20638
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Núm. 292