III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-20539)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de cooperación educativa entre la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para la realización de prácticas académicas externas de estudiantes de doctorado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Lunes 5 de diciembre de 2022

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derechos y obligaciones del estudiante y éste se compromete a su cumplimiento (en
adelante, el Compromiso), de acuerdo con el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
Tercera. Régimen económico del Programa.
Este Convenio no implica la transferencia de recursos económicos entre las Partes
firmantes de este Convenio. Cada una de las Partes asumirá los gastos propios
relacionados con las actividades directamente derivadas de este Convenio.
El estudiante en formación recibirá, a lo largo de la duración efectiva del Programa,
una ayuda por parte de la CNMC, de conformidad con lo previsto en el artículo 9.1.d) del
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio. Este apoyo mensual será de un máximo de 1.100
euros brutos durante nueve (9) meses; correspondiente a un máximo de siete (7) horas
de prácticas diarias. Esta ayuda se reducirá de forma proporcional como consecuencia
de las modificaciones en el horario que la Universidad, en su caso, proponga en el
Compromiso que se suscriba para cada estudiante, para garantizar la compatibilidad de
las prácticas con la actividad investigadora que se desarrolle en la Universidad, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
Corresponderá a la CNMC el alta y cotización a la Seguridad Social del estudiante en
los términos establecidos en la legislación vigente.
La Universidad deberá disponer de una póliza de seguro que cubra la
responsabilidad civil y los accidentes de los estudiantes que vayan a realizar prácticas en
la CNMC durante el periodo de duración efectiva del Programa.
Cuarta.

Requisitos de los estudiantes.

Para beneficiarse del Programa, los estudiantes aspirantes deben reunir el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española, de un estado miembro de la Unión Europea o
estar residiendo legalmente en España.
b) Encontrarse cursando un doctorado en el momento de solicitar la participación
en el Programa y durante toda la duración de las prácticas, con la única limitación de que
esté adscrito a la Universidad.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones de las prácticas en el
momento de aceptación de la misma.
d) No haber participado con anterioridad en el Programa dentro del mismo ciclo
de estudios.
e) No mantener ninguna relación contractual con la CNMC ni directamente, como
profesional, ni indirectamente, como trabajador por cuenta ajena de una empresa
contratada por la CNMC.
f) No ser beneficiario de becas o ayudas financiadas con fondos públicos o privados
con finalidad análoga, ni percibir sueldos o salarios de similar naturaleza, ni contar con
un contrato predoctoral.
Selección de los estudiantes.

La CNMC realizará una descripción de cada una de las plazas de prácticas
ofertadas, incluyendo en cada caso el proyecto formativo que se ofrece y el perfil de
estudiante que se requiere, y remitirá esta información a la Universidad.
A la vista del proyecto formativo y los perfiles presentados por la CNMC, la
Universidad difundirá y publicará la oferta durante el tiempo suficiente para que los
estudiantes de doctorado que no cuenten con un contrato predoctoral, puedan postularse
para las prácticas, de conformidad con lo estipulado en el artículo 17 del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio. Una vez recibidas las solicitudes, la Universidad pondrá
a disposición de la CNMC todas aquellas que cumplan con los requisitos demandados.

cve: BOE-A-2022-20539
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.