II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Escala Superior de Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las Agencias Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. (BOE-A-2022-20366)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Superior de Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las Agencias Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, especialidad de Transporte, Movilidad e Infraestructuras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Lunes 5 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 166258

La calificación final de la fase de oposición, para todas las áreas temáticas, vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
2.

Curso selectivo

1.º
2.º
3.º
4.º
5.º

Fase de oposición.
Cuarto ejercicio.
Tercer ejercicio.
Primer ejercicio.
Segundo ejercicio.
3.

Periodo de prácticas

Una vez superado el curso selectivo los aspirantes continuarán en la situación de
funcionarios en prácticas hasta la fecha de publicación en el BOE de los nombramientos
como funcionarios de carrera de la Escala Superior de Especialistas en Transporte,

cve: BOE-A-2022-20366
Verificable en https://www.boe.es

Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico organizado por la
Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 645/2020 de 6 de
julio (BOE del 7), por la que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Real Decreto 308/2022, de 3 de mayo (BOE
del 4), por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamento ministeriales, y el Real
Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Orden TMA/1007/2021, de 9
de septiembre (BOE del 25), sobre delegación de competencias.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro
desempeño profesional y se iniciará en el plazo máximo de 2 meses desde la publicación
en el BOE de la relación de aprobados de la fase de oposición y tendrá una duración
máxima de 3 meses.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes
dependerán directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos, en virtud de las
atribuciones que, en materia de selección y formación, le atribuye a este órgano el Real
Decreto 645/2020 de 6 de julio (BOE del 7), por la que se desarrolla la estructura orgánica del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Real Decreto 308/2022, de 3 de
mayo (BOE del 4), por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el
que se establece la estructura orgánica básica de los departamento ministeriales, y el Real
Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Orden TMA/1007/2021, de 9 de
septiembre (BOE del 25), sobre delegación de competencias.
La Subdirección General de Recursos Humanos establecerá el calendario, programa
y normas internas que regulen el curso selectivo. Constará de distintos módulos sobre
materias relacionadas con el funcionamiento de la administración, igualdad y violencia de
género, transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, desarrollo
sostenible y las materias específicas del temario. Se podrán utilizar medios telemáticos
para su impartición.
El curso tendrá una valoración máxima de 50 puntos siendo necesario obtener al
menos 25 puntos para superarlo.
Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada, por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios: