II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Escala Superior de Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las Agencias Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. (BOE-A-2022-20365)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Superior de Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las Agencias Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, especialidad Seguridad en el Transporte Aéreo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de diciembre de 2022

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valoración, disponiendo de un plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la
fecha de publicación de las notas del último ejercicio.
La fase de concurso tendrá una puntuación máxima de 50 puntos, distribuidos de la
siguiente manera:
a) Méritos relativos a la formación: Cursos de formación: Únicamente serán
valorados los cursos de formación acreditados por el aspirante que sean certificados por
universidades o centros oficiales de formación superior, cursos de AESA o convalidables
por los recogidos en los perfiles de cualificación que AESA tiene definidos para su
personal. Deberá acreditarse expresamente el número de horas lectivas. El tribunal solo
considerará aquellos cursos completados en los 5 últimos años, cuyo objeto esté
relacionado con los aspectos normativos de las materias descritas en la presente
convocatoria.
Este apartado se valorará hasta un máximo de 10 puntos, de la siguiente manera:
– 1 punto por cada diez horas lectivas en cursos de los descritos anteriormente.
– 2 puntos por cada grado, doctorado o master distintos de los exigidos para la
participación en este proceso selectivo.
b) Méritos relativos a la actividad y experiencia profesional: Experiencia profesional
en el sector en relación con las materias señaladas en la presente convocatoria. Estos
méritos se valorarán hasta alcanzar un máximo de 40 puntos entre la suma de los dos
subapartados siguientes:
– Experiencia en puestos de trabajo cuyo contenido estuviera relacionado con las
funciones propias de la Agencia, descritas en el artículo 9 del Real Decreto 184/2008,
de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad
Aérea y el resto de la normativa aplicable.
Se valorará, a razón de 4 puntos por cada año completo o fracción de año, de
manera proporcional, de experiencia acreditada en puestos de trabajo relacionados con
las funciones propias de la Agencia para los que se exigiese titulación superior o 6
puntos si ese puesto además tiene carácter de jefe de proyectos o de directivo, hasta
alcanzar un máximo de 35 puntos.
– Colaboraciones puntuales e informes profesionales relacionados con las funciones
propias de la Agencia, descritas en el artículo 9 del Real Decreto 184/2008. Se valorarán
por el tribunal hasta un total máximo de 5 puntos en este subapartado, según la dificultad
técnica, el grado de complejidad y el volumen de las actividades acreditadas. Se
valorarán especialmente aquellos trabajos, actividades o tareas desempeñadas que
tuvieran una relación directa con las áreas de responsabilidad y competencias de la
Agencia Estatal de Seguridad Aérea, descritas en el artículo 9 del Real
Decreto 184/2008. No serán tenidas en cuenta las colaboraciones e informes
profesionales desarrollados en puestos de trabajo ya valorados en el epígrafe anterior.
La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
3. Curso selectivo. Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico
organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 645/2020 de 6 de julio (BOE del 7), por la que se desarrolla la estructura
orgánica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Real
Decreto 308/2022, de 3 de mayo (BOE del 4), por el que se modifican el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica
de los departamento ministeriales, y el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana y la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre (BOE del 25), sobre
delegación de competencias.

cve: BOE-A-2022-20365
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Núm. 291